Destacados de la semana

DECRETOS

Decreto N° 52/026. Fija el valor de la UR y la URA. Promulgado 19/03/2026. D.O. 26/03/2026.

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N.º 52/026, mediante el cual se establecen los valores de referencia utilizados para la actualización de los precios de los arrendamientos correspondientes a enero de 2026.
La normativa se enmarca en el régimen previsto por el Decreto-Ley N.º 14.219 y sus modificativas, que regula el sistema de reajuste de alquileres en Uruguay, considerando indicadores como la Unidad Reajustable (UR), la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) y el Índice de Precios del Consumo (IPC).
Valores establecidos
Según el decreto:
La Unidad Reajustable (UR) fue fijada en $ 1.851,83.
La Unidad Reajustable de Alquileres (URA) se estableció en $ 1.847,12.
El Índice de Precios del Consumo (IPC) alcanzó un valor de 115,36 (base octubre 2022 = 100).

Ajuste de alquileres
El coeficiente de reajuste aplicable a los contratos que se actualizan en febrero de 2026 fue fijado en 1,0346, lo que implica un incremento de aproximadamente 3,46% en los alquileres.
Este ajuste surge del criterio legal vigente, que establece que debe aplicarse la menor variación entre la URA y el IPC en los últimos 12 meses.
Fuente: Página web IMPO.

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Decreto N° 53/026. Cesión de créditos fiscales entre entidades vinculadas de emisores de dinero electrónico. Promulgado 19/03/2026. D.O. 06/04/2026. Fuente: Página web IMPO.

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N.º 53/026, mediante el cual se introducen cambios relevantes en el tratamiento de los créditos fiscales generados por las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE), con el objetivo de mejorar la eficiencia financiera del sistema.

Flexibilización en el uso de créditos fiscales
La normativa autoriza a la Dirección General Impositiva (DGI) a permitir la cesión de certificados de crédito generados por las IEDE a favor de sus entidades vinculada, siempre que dichos créditos excedan las obligaciones tributarias propias de las instituciones emisoras.

Esta medida apunta a optimizar el uso de estos créditos, que se originan en los mecanismos de reducción de impuestos al consumo implementados a través de medios de pago electrónicos.

Contexto y justificación
El decreto reconoce que las IEDE cumplen un rol clave en la instrumentación de beneficios fiscales al consumo, lo que genera un volumen significativo de créditos fiscales. En muchos casos, estos créditos superan las necesidades propias de las instituciones, generando costos financieros.
Ante esta situación, el gobierno consideró conveniente habilitar su cesión, evitando así ineficiencias y facilitando la gestión financiera dentro de los grupos empresariales.

Definición de entidades vinculadas
Se establece que se considerarán entidades vinculadas aquellas que estén bajo control o dirección común, ya sea de forma directa o indirecta, incluyendo vínculos por participación en el capital, derechos de crédito o influencia decisoria.

Asimismo, las IEDE deberán informar a la DGI la nómina de sus entidades vinculadas y cualquier modificación posterior.

Facultades de la DGI
El decreto faculta a la DGI a reglamentar los aspectos operativos de la cesión, incluyendo plazos, condiciones y procedimientos necesarios para su implementación.

Impacto esperado
La medida busca reducir costos financieros para las instituciones emisoras, mejorar la eficiencia en el uso de créditos fiscales y fortalecer el funcionamiento de los sistemas de pagos electrónicos en el país.

Fuente: Página web IMPO.

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Decreto N° 57/026. Reorganización del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Promulgado 19/03/2026.

En el marco de la Ley N.º 20.446, el objetivo central del Decreto es consolidar un ecosistema orientado al desarrollo sostenible, la mejora de la competitividad y la transformación de la matriz productiva basada en el conocimiento.

La norma crea la Secretaría Nacional de Ciencia y Valorización de Conocimiento, que funcionará en la Presidencia de la República. Este organismo será responsable de diseñar políticas científicas, promover la formación de capital humano altamente calificado, impulsar la investigación y facilitar la transferencia de conocimiento hacia el sector productivo y la sociedad. Asimismo, asume las competencias previamente asignadas a la Dirección Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología (DICYT).

En paralelo, se redefine el rol del Consejo Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología (CONICYT) como órgano asesor y de articulación institucional. Este consejo tendrá funciones clave en la definición de políticas, el seguimiento del Plan Estratégico Nacional en la materia y la evaluación del sistema, con una integración representativa de ámbitos académicos, productivos, laborales y estatales.

El decreto también crea el Consejo Asesor Científico Honorario, integrado por expertos de destacada trayectoria, con el cometido de aportar evidencia científica a la toma de decisiones del Poder Ejecutivo en temas estratégicos.

Otro eje central es la implementación del Programa Uruguay Innova, concebido como herramienta de coordinación del ecosistema de innovación. Este programa buscará mejorar la productividad y competitividad mediante la promoción de la innovación, la articulación interinstitucional, la evaluación de políticas y la identificación de oportunidades de inversión y desarrollo tecnológico. Estará dirigido por un Consejo Estratégico Ministerial y contará con un Director Ejecutivo.

Complementariamente, se establece el Fondo Uruguay Innova, destinado a financiar proyectos interinstitucionales e interdisciplinarios que impulsen la innovación y la valorización del conocimiento. Este fondo será administrado por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación y se nutrirá de recursos públicos, cooperación internacional, aportes institucionales y donaciones.

Finalmente, el decreto dispone mecanismos de coordinación entre los nuevos organismos, la elaboración de un nuevo Plan Estratégico Nacional en ciencia, tecnología e innovación, y la preparación de un proyecto de ley integral que consolide el diseño institucional del sistema.

En síntesis, la norma configura una nueva arquitectura institucional que busca fortalecer la ciencia, la tecnología y la innovación como pilares del desarrollo económico y social del país, promoviendo una mayor articulación entre actores públicos y privados y orientando las políticas hacia resultados concretos en productividad, bienestar y sostenibilidad.
Fuente: Página web Presidencia.

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Decreto N° 63/026. Reglamenta régimen de dedicación exclusiva para la Asesoría Tributaria del MEF. Promulgado 19/03/2026. D.O. 06/04/2026. Fuente: Página web IMPO.

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto N.º 63/026, que reglamenta el régimen de dedicación exclusiva para funcionarios de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N.º 20.446.

Alcance del régimen
La normativa establece que hasta cuatro funcionarios —incluido el director del área— podrán incorporarse a este régimen, el cual implica la dedicación total al cargo, con una carga mínima de 40 horas semanales y la prohibición de realizar otras actividades remuneradas, tanto en el sector público como privado.
A cambio, los funcionarios recibirán una compensación económica específica, vinculada exclusivamente al desempeño efectivo en la Asesoría Tributaria.

Incompatibilidades y restricciones
El decreto fija estrictas incompatibilidades para garantizar la independencia técnica de los funcionarios. En particular, prohíbe mantener vínculos laborales, profesionales o comerciales con personas o entidades sujetas al control de la Dirección General Impositiva (DGI), así como percibir ingresos de dichas actividades.
Asimismo, quienes no opten por este régimen podrán solicitar su traslado a otras dependencias del ministerio.

Excepciones permitidas
A pesar del carácter exclusivo, se contemplan excepciones autorizables, entre ellas:

  • Actividades docentes (con límites).
  • Producción académica, científica o artística.
  • Participación ocasional en conferencias o medios.
  • Consultorías en el exterior bajo determinadas condiciones.
  • Administración de patrimonio personal o familiar.

Estas actividades deberán contar con autorización previa en algunos casos y no podrán afectar el desempeño funcional.

Control y transparencia
El régimen incorpora mecanismos de control, incluyendo la presentación obligatoria de declaraciones juradas sobre actividades y vínculos, que serán evaluadas por la Auditoría Interna de la DGI.
También se exige declarar relaciones previas con entidades vinculadas a la DGI en los últimos dos años, reforzando las garantías de independencia.

Sanciones e implementación
El incumplimiento de las obligaciones establecidas será considerado falta grave, pudiendo derivar en sanciones que incluyen la destitución.
Como disposición transitoria, los funcionarios actuales cuentan con un plazo de 180 días para optar por incorporarse al nuevo régimen.

Objetivo de la medida
El decreto busca fortalecer la profesionalización, independencia y dedicación de los equipos técnicos encargados de la asesoría tributaria, en un área clave para la política fiscal del país.
Fuente: Página web IMPO.

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INTERNACIONALES

Relaciones Internacionales: Uruguay-China – Febrero 2026 – Coordinada por Uruguay XXI

Entre el 3 y el 7 de febrero del 2026, por invitación del Presidente de China, Xi Jing Pi, la Presidencia de la República organizó una visita oficial al país asiático con el objeto de profundizar las relaciones comerciales. Para conocer más detalles de las actividades, entrevistamos a la Directora de Uruguay XXI, Ec. Mariana Ferreira y al Vicedirector, Lic. en Relaciones Internacionales, Martín Mercado.

Gestación de la misión:
En el mes de diciembre de 2025, Presidencia de la Republica recibió la invitación formal, originandose dos agendas de contactos: una oficial ejecutada por Presidencia y Cancillería, y otra de contactos empresariales, ejecutada por Uruguay XXI. Cuando se confirmó la fecha de la misión, “Uruguay XXI lanzó una convocatoria a todo el empresariado nacional que estuviera interesado en participar de la delegación”. La convocatoria fue abierta a todo aquel empresario que costeara el pasaje y la estadía en China. Se sumaron participantes de la más amplia gama de sectores: desde agroindustrias hasta servicios.

Una vez recibidas las confirmaciones y reconfirmaciones (sobre pasaje de avión emitido), la lista final fue de 114 viajantes, representando a 80 empresas nacionales.

Dadas las fechas en las cuáles trabajó (fiestas tradicionales uruguayas) “sorprendió” la alta demanda, conformándose durante el mes de Enero 26 “la mayor delegación empresarial que viajó a China desde la vuelta a la Democracia”.

Actividades en China:
La responsabilidad de Uruguay XXI en la misión fue la coordinación entre los participantes uruguayos y chinos y la logística de los encuentros en el país extranjero. Uruguay XXI viene participando desde el año 2018 en las ferias anuales de Shanghái. A medida que se agregaban participante uruguayos, se coordinaba con la CCPIT (China Council for the Promotion of International Trade), la ubicación de empresarios chinos interesados en participar en las negociaciones. Cabe destacar, que los importadores Chinos, son agentes del sector privado, incluso uruguayos. La participación del Estado Chino se aplica principalmente en el cumplimiento de regulaciones o la emisión de licencias. Otra tarea de la misión fue promover la colaboración y cooperación con los empresarios chinos en campos de acción donde ellos se encuentran a la vanguardia, como por ejemplo la Biotecnología.

Se organizaron tres actividades patrocinados por Uruguay XXI:
1) Seminario Uruguay XXI-CCPIT en Beijing asistiendo 80 participantes uruguayos y 130 chinos
2) Presentación sobre el Desarrollo de Planes Quinquenales a cargo de la Cátedra de Estudios Internacionales de la Universidad de Beijing
3) Seminario Uruguay XXI-CCPIT en Beijing asistiendo 80 participantes uruguayos y 170 chinos
En las actividades los empresarios tenían las ¨más amplias libertades para reunirse y dialogar” sobre el desarrollo de los negocios. Los participantes continuaron las negociaciones que habían iniciado anteriormente a distancia, generaron nuevos contactos o los cerraron en esta oportunidad.

El foco de los contactos fue el comercio entre los dos países, dejando de lado en esta instancia el tratamiento de posibles inversiones futuras en Uruguay, vinculadas a la iniciativa “Franja y Ruta” que viene desarrollando China en los últimos años. Dentro de este panorama, se procuró prospectar la colocación de servicios en China, ya que el 80% de los servicios uruguayos tiene como destino Estados Unidos. También se procuró el desarrollo del intercambio en el campo tecnológico con la participación de la ANII (Agencia Nacional de Investigación e Innovación).

Una vez finalizada la misión, Uruguay XXI realizó una encuesta de satisfacción entre los participantes, con un resultado en general de 8 puntos en 10 como máxima calificación. La mayoría de los empresarios expresó su interés en repetir la experiencia en el futuro.

Sectores con más Dinamismo:
Según lo observado en la visita, los sectores que actualmente presentan mejores perspectivas de exportación son los tradicionales: carnes, granos, lácteos y celulosa. En esta categoría se destaca la apertura del mercado para la carne aviar. Nuestro principal socio comercial ha venido desarrollando un proceso de urbanización importante en los últimos 20 años, aumentando el consumo de productos agroindustriales, en los cuales Uruguay presenta un excedente histórico. En relación al sector financiero, no se realizaron contactos en esta misión.


La visión de Uruguay XXI sobre la forma que debe adoptar la balanza comercial tiene un componente más cualitativo que cuantitativo; estimándose de mayor valor relativo la exportación de productos con excedente (tradicionales) y la importación de productos manufacturados no competitivos con la producción nacional.

Fuente: Documento elaborado por el Cr. Juan Carlos Olveira. Reunión con representantes de Uruguay XXI. Marzo 2026

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Boletín Técnico: Demografía de Empresas. 4° Trimestre 2025. Publicado 23/03/2026.

Empresas a nivel país
En el cuarto trimestre de 2025 se registraron 206.415 empresas activas, lo que representa
una variación de 1,66% respecto al trimestre anterior y un aumento de 4,77% en
comparación a igual trimestre del año anterior.

En este contexto se registró la creación de 11.386 empresas, lo que representa
una variación de -2,19% respecto al trimestre anterior y de 15,41% respecto a igual
trimestre del año anterior. En tanto, en lo que refiere a las muertes de empresas, se registraron 8.555, con una variación 14,46% respecto al trimestre anterior de y de 12,57% contra igual trimestre del año anterior.
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico: IMS. Mes 02/2026. Publicado 27/03/2026.

El Índice Medio de Salarios (IMS) de febrero 2026 registró una variación mensual de 0,15%,
acumulada en el año de 3,38% y en los últimos 12 meses de 5,22%.

  • El Sector Privado del IMS presenta una variación mensual de 0,16%, producto fundamentalmente de la incidencia de la sección “Enseñanza” (0,08%), “Industrias manufactureras” (0,04%), y “Servicios sociales y de salud” (0,03%).
  • El Sector Público del IMS presenta una variación mensual de 0,13% que se explica por las
    incidencias del “Gobierno Central” (0,10%), “Empresas Públicas” (0,03%) y “Gobiernos
    Departamentales” (0,00%).

El Índice Medio de Salarios Nominal (IMSN) de febrero 2026 registró una variación mensual de 0,18%, acumulada en el año de 3,26% y en los últimos 12 meses de 5,29%.El IMS Real con Base Julio 2008 =100 presentó una variación mensual de -0,20%, producto de las variaciones del Sector Privado (-0,19%) y del Sector Público (-0,22%).
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico: Actividad, Empleo y Desempleo. Mes 02/2026. Publicado 27/03/2026.

Principales resultados

En febrero del 2026 para el total país la tasa de actividad se situó en 64,6%, la tasa de empleo en 59,8% y la tasa de desempleo en 7,4%.

Principales tasas de mercado de trabajo según sexo. Total país

Sexo Actividad (%) Empleo (%) Desempleo (%)
Total país 64,6 59,8 7,4
Hombres 72,0 67,5 6,2
Mujeres 57,7 52,6 8,8

Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico: Mercado de Trabajo-Compraventa. Período 12/25-01/26. Publicado 25/03/2026.

Principales resultados

La mediana de los precios de las transacciones de propiedades inmuebles en dólares en diciembre 2025, registra una variación mensual de 11,77% y acumulada en los últimos 12 meses de 12,38%.

En el mes de enero se registraron 2.965 altas de compraventa de propiedades inmuebles, de las cuales el 30,62% pertenecen a la ciudad de Montevideo, 21,79% a Maldonado, 17,30% son de Canelones, continuando con Colonia con un 4,72% y Rocha con 4,05% de las transacciones.
Fuente: Página web INE.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG. Monitor Semanal N° 1145, de 16/03/2026. Fuente: KPMG. Departamento de Asesoría Legal y Tributaria.

El boletín semanal de KPMG destaca dos novedades relevantes en materia tributaria y laboral, junto con dos breves de interés general.

Suspensión del pago de retenciones y anticipos de IRPF por rendimientos del exterior La Dirección General Impositiva (DGI) extendió la medida ya aplicada en enero: mediante la Resolución N° 665/2026 (publicada el 11 de marzo), se suspende nuevamente el pago de las retenciones y anticipos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondientes a rendimientos generados en febrero de 2026 por entidades no residentes.

La suspensión se mantiene porque aún no se ha emitido la reglamentación de la Ley de Presupuesto Nacional N° 20.446, que modificó el tratamiento de estas rentas. Importante: la medida solo suspende el pago; las obligaciones devengadas siguen existiendo y deberán cumplirse una vez que se dicte la reglamentación.

Nueva reglamentación de la documentación laboral para trabajadores de cajas especiales por Decreto N° 46/026 (3 de marzo de 2026) se actualizó el procedimiento de registración de la documentación laboral para empleadores comprendidos en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la Caja Notarial de Seguridad Social y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.

¿A quiénes aplica?
A todos los empleadores que tengan trabajadores en régimen de dependencia afiliados a cualquiera de estas tres cajas.

Obligaciones principales del empleador:

  • Registrar la Planilla de Control de Trabajo ante la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (MTSS) de forma remota, a través de la plataforma digital que se habilite.
  • La planilla se considera registrada una vez cargada y confirmada la recepción.
  • Debe contener datos detallados del empleador y del trabajador (nombre, RUT, salario, horarios, descansos, etc.), modificaciones salariales, regímenes de turnos rotativos y sistemas de descanso rotativo.

Plazos clave:

  • Incorporar nuevo trabajador: dentro de las 24 horas de su ingreso.
  • Actualizar cambios (domicilio, razón social, actividad): dentro de las 48 horas hábiles.
  • Al cese de actividades del empleador, debe comunicarse a la Inspección; de lo contrario, se aplica una multa de 1,5 UR si no se realiza dentro de los 60 días.
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Fuente: KPMG. Departamento de Asesoría Legal y Tributaria.