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I. ¿El pago de un impuesto no libera al responsable?

Responsabilidad del Agente de Retención frente al pago directo del impuesto (Consulta DGI Nº 6.694)
La sociedad consultante adelantó su opinión favorable a que se podía evitar esa retención, en la medida que el productor que pagaría el IMEBA y sus adicionales es el contribuyente de dichos tributos.

La DGI contestó a la consulta en forma discrepante con esa posición.

La DGI resolvió que el pago directo del IMEBA por parte del productor rural no libera al agente de retención de su obligación, salvo que exista norma expresa que lo libere.

  • Se distingue entre retenciones como “anticipos” y como “tributos definitivos”.
  • Si el tributo aún no ha generado el hecho imponible, el agente sigue obligado.
  • Si el tributo fue efectivamente pagado por el contribuyente y ya se configuró el hecho generador, el agente podría quedar liberado, aunque debe probarse el pago.
  • Las sanciones al agente son otro aspecto relevante a considerar.

II. Comienza la implementación de la Ley Nº 20.365 sobre embarazos y nacimientos múltiples
Desde mayo 2025 se paga la asignación familiar triplicada por embarazos múltiples:

  • Abarca mellizos y gemelos (antes solo más de tres hijos).
  • El beneficio se paga desde la constatación del embarazo hasta los 18 años:
    • Triple hasta los 5 años
    • Doble de 6 a 12 años
    • Simple de 13 a 18 años
  • Es retroactivo al 1º de agosto de 2024 y no requiere actividad laboral.
  • Tope de ingresos: $121.693 (a enero 2025).
  • BPS estima 5.566 familias con mellizos/gemelos, 75 con trillizos y 2 con cuatrillizos.
  • Monto actual de asignación: $1.291 o $645 según ingresos, a multiplicar por hijo y tramo etario.

III. Breves

  • Decreto Nº 90/025, 11 de abril de 2025: Se habilita la devolución del IVA en compras de gasoil para productores de ganado bovino y ovino que no tributen IRAE.