Licencia remunerada para asistir a actividades en centros educativos
El Senado aprobó el 18 de agosto de 2026 un proyecto de ley que crea una licencia especial remunerada para que madres, padres y demás personas responsables puedan asistir a reuniones, actos y otras actividades de los centros educativos a los que concurran menores a su cargo. El proyecto comprende a trabajadores públicos y privados y cuenta actualmente con media sanción.
Principales puntos:
- El proyecto reconoce el derecho a ausentarse del trabajo por un máximo de ocho horas anuales para asistir a actividades organizadas por centros de educación formal de nivel inicial, primaria o media básica.
- Las horas utilizadas serán consideradas como efectivamente trabajadas, por lo que no podrán generar descuentos en la remuneración del trabajador. El régimen alcanzaría tanto a trabajadores de la actividad pública como privada.
- Para utilizar la licencia, el trabajador deberá comunicar la ausencia al empleador con una anticipación mínima de dos días, salvo excepción. Cumplido el aviso, el empleador no podrá negar el ejercicio del derecho.
- La asistencia deberá acreditarse mediante un certificado expedido por el centro educativo, que deberá presentarse al empleador dentro de los cinco días hábiles siguientes a la actividad.
- El proyecto mantiene las condiciones más favorables que pudieran existir por disposiciones legales o reglamentarias, convenios, acuerdos o costumbres.
- La iniciativa todavía no se encuentra vigente: fue aprobada por el Senado y deberá obtener la aprobación de la Cámara de Representantes y posteriormente ser promulgada por el Poder Ejecutivo.
Conclusión:
El proyecto busca compatibilizar las responsabilidades laborales con la participación de madres, padres y responsables en la vida educativa de los menores a su cargo, garantizando hasta ocho horas anuales de ausencia sin pérdida salarial. Al tratarse de un proyecto con media sanción, su aplicación queda condicionada a la culminación del trámite legislativo.
Breves
- El Decreto N.º 195/026, publicado el 27/08/2026, fijó en $ 1.923,44 el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente a julio de 2026 y en $ 1.922,49 el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA). El IPC de julio se ubicó en 118,20, con base octubre 2022=100.
- La Resolución del MGAP N.º 192/026 autorizó a la División Sanidad Animal a extender autorizaciones para el pastoreo de animales en la vía pública a productores afectados por la situación climática adversa en determinadas zonas de Treinta y Tres, Rivera, Tacuarembó, Rocha, Río Negro, Cerro Largo y Durazno.
- La Resolución de la DGI N.º 1.987/2026 estableció nuevos porcentajes de reducción del IMESI para ventas de naftas en estaciones próximas a pasos de frontera. Para Argentina, las reducciones serán del 22% hasta 20 km y 11% entre 20 y 60 km; para Brasil, del 32% hasta 20 km y 16% entre 20 y 60 km. Rigen para las ventas realizadas desde el 1.º de septiembre de 2026.
