Prórroga de la reducción del IVA para operaciones vinculadas al turismo.
Este decreto extiende hasta el 30 de abril de 2027 la vigencia de la rebaja del IVA prevista por el artículo 1° del Decreto 318/021, que había sido dictado al amparo de la Ley N° 17.934. La medida mantiene una reducción de 9 puntos porcentuales sobre determinadas operaciones vinculadas al turismo, siempre que el pago se realice mediante medios electrónicos habilitados.
La finalidad de la prórroga es claramente económica y sectorial: sostener el estímulo al consumo turístico y continuar promoviendo la actividad del sector. El decreto se limita a prorrogar el plazo ya existente, sin modificar las condiciones sustantivas de acceso al beneficio.
En términos prácticos, el efecto principal es que las operaciones turísticas comprendidas seguirán accediendo a la rebaja del IVA en las mismas condiciones, pero ahora por un período adicional que se extiende hasta abril de 2027. Es un decreto breve, de carácter transitorio, orientado a mantener una política de fomento. Promulgado 01/10/2026. D.O. 08/10/2026.
Fuente: Página web IMPO.
