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Se pone en conocimiento del mercado que la Superintendencia de Servicios Financieros adoptó con fecha 26 de junio de 2025 la siguiente resolución:

I) Poner en conocimiento de los Gestores de Portafolios que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 310.3 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores, deberán remitir la declaración jurada de activos de clientes bajo manejo, con una frecuencia semestral según lo establecido por los literales a.4) y b.1) del artículo señalado precedentemente, de acuerdo a las siguientes instrucciones.

La Comunicación detalla las instrucciones para la elaboración de la declaración jurada, especificando en forma objetiva para: Hoja Activos; Hoja Garantía; Otras consideraciones; Hoja Control de suficiencia.

II) Modalidad y plazo de presentación: La declaración jurada deberá remitirse a la Superintendencia de Servicios Financieros– a través del Sistema de Envío Centralizado (Portal IDI) utilizando el tipo de dato “DJ Activos bajo Manejo”, dentro de los plazos previstos por el artículo 310.3 de la citada Recopilación. El incumplimiento en la presentación de la declaración jurada antes referida en los plazos correspondientes dará lugar a la aplicación de la sanción establecida por el artículo 362 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores.

Derogar la Comunicación N° 2020/120 del 7 de julio de 2020.

Vigencia: Las instrucciones impartidas por la presente resolución serán de aplicación a partir de la fecha de su emisión y, de acuerdo con los plazos establecidos en el artículo correspondiente. Fuente: Página web BCU