Destacados de la semana

DECRETOS

Decreto N° 108/026. Fijación del Precio de la UR, Promulgado 29/05/26. D.O. 04/06/26

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N° 108/026, mediante el cual actualizó los valores de la Unidad Reajustable (UR), la Unidad Reajustable de Alquileres (URA), el Índice de Precios del Consumo (IPC) y el Coeficiente aplicable al reajuste de los contratos de arrendamiento correspondientes al mes de mayo de 2026.
La norma se enmarca en el régimen de actualización de alquileres previsto por el Decreto-Ley N.º 14.219 y sus modificaciones, que establece que los reajustes deben calcularse tomando la menor variación registrada entre la URA y el IPC durante los doce meses anteriores al vencimiento contractual.
Según el decreto, el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente a abril de 2026 quedó fijado en $ 1.917,35, mientras que la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) se estableció en $ 1.914,43. Asimismo, el Índice de Precios del Consumo alcanzó un valor de 116,86, tomando como base octubre de 2022 = 100.
En consecuencia, el coeficiente de reajuste aplicable a los alquileres que se actualizan durante mayo de 2026 fue fijado en 1,0316, lo que implica un incremento máximo de 3,16 % para los contratos alcanzados por este mecanismo.
Fuente: Página web IMPO.

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BCU

Comunicación N° 2026-052: Nuevo Régimen de Encajes. Promulgada el 12/03/26.

El Banco Central del Uruguay (BCU) emitió la Comunicación N° 2026/052, mediante la cual sustituyó la Comunicación N° 2024/028 y estableció un nuevo procedimiento para la remuneración de los depósitos que las instituciones financieras mantienen en el organismo como parte de sus encajes obligatorios y sus excedentes. La normativa comenzó a regir para la remuneración correspondiente al encaje del mes de marzo de 2026.
La comunicación alcanza a bancos, casas financieras y cooperativas de intermediación financiera, que deberán informar mensualmente al BCU, a través del sistema Ágata, los datos necesarios para el cálculo de la remuneración. Los intereses serán abonados directamente en las cuentas corrientes de las instituciones el noveno día hábil del mes siguiente al período de encaje considerado.
Nuevos criterios de cálculo:
La norma detalla los mecanismos para determinar la remuneración del encaje mínimo obligatorio y de los excedentes de encaje en moneda nacional, unidades indexadas y monedas extranjeras. Para ello se consideran variables como el encaje mínimo exigido, el efectivo mantenido en monedas y billetes, los saldos en cuentas corrientes computables para encaje y el encaje real efectivamente constituido.

En el caso de las obligaciones en unidades indexadas (UI), el encaje no genera intereses, aunque se reconocerá la variación mensual de la UI mediante créditos o débitos en la cuenta corriente de la institución financiera.
Para los encajes en moneda extranjera, el BCU distingue entre depósitos en dólares estadounidenses, euros y otras monedas. Asimismo, habilita que determinadas obligaciones en monedas extranjeras de menor volumen puedan integrarse en dólares estadounidenses bajo condiciones específicas vinculadas al monto y participación de dichas obligaciones.
Aspectos operativos y controles:
La comunicación también establece que las instituciones podrán corregir la información ingresada en el sistema mientras el pago de intereses no haya sido efectuado. Además, prevé reliquidaciones cuando se detecten errores que hayan generado pagos indebidos o cuando exista insuficiencia de encaje mínimo obligatorio. En esos casos, el BCU recalculará los intereses y podrá aplicar las sanciones previstas en la normativa vigente.
Con esta actualización, el Banco Central busca uniformizar y precisar los criterios de cálculo y liquidación de la remuneración de los encajes, fortaleciendo la transparencia y el control operativo del sistema financiero uruguayo.
Fuente: Página web BCU.

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Comunicación N° 2026-106: Amplía las Inversiones autorizadas para AFAP y Aseguradoras en Organismos Internacionales de Crédito. Promulgada el 26/05/26.

La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay aprobó una modificación al régimen de inversiones aplicable a las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP) y a las empresas aseguradoras, ampliando el conjunto de organismos internacionales cuyos instrumentos financieros pueden integrar sus carteras de inversión.
La resolución, comunicada mediante la Comunicación N.º 2026/106, incorpora como emisores habilitados al Banco Centroamericano de Integración Económica (CABEI), al Banco Asiático de Desarrollo (ADB) y al Fondo Financiero para el Desarrollo de los Países de la Cuenca del Plata (FONPLATA), sumándose a otros organismos multilaterales ya autorizados.
De esta forma, las AFAP y las Aseguradoras podrán invertir en bonos emitidos por entidades como la Corporación Andina de Fomento (CAF), el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (IBRD), el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo (EBRD), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Europeo de Inversiones (EIB), la Corporación Financiera Internacional (IFC), además de los nuevos organismos incorporados.
La normativa establece que los títulos deberán encontrarse registrados en mercados formales y cumplir los requisitos regulatorios aplicables. Asimismo, deberán estar inscriptos en el Registro del Mercado de Valores que administra la Superintendencia de Servicios Financieros.
En el caso de instrumentos con tasa variable vinculada a índices, se autoriza su incorporación para determinados subfondos previsionales y para la cobertura de obligaciones previsionales, siempre que el capital inicial esté garantizado y la liquidación se realice en dólares estadounidenses o euros a través de sistemas internacionales de compensación como Euroclear o Clearstream.
La resolución también refuerza las exigencias de información y transparencia. Las entidades deberán remitir a la Superintendencia detalles completos de cada emisión, incluyendo características del instrumento, identificación internacional, calendario de pagos, calificaciones de riesgo, mecanismos de valuación y fuentes públicas de cotización. Para los instrumentos estructurados, se requerirá además información sobre los índices subyacentes y la metodología de cálculo de rendimientos.
Finalmente, la Superintendencia dispuso dejar sin efecto la Comunicación N° 2023/244 y sustituirla por un nuevo marco regulatorio que incorpora estas modificaciones y actualiza diversos aspectos operativos del régimen de inversiones para AFAP y aseguradoras.
Fuente: Página web BCU.
 

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Boletín Técnico. IPC y Subyacente-Mes 05.26= 3,77%. Publicado el 03.06.26.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) informó que el Índice de Precios del Consumo (IPC) registró en mayo de 2026 una variación mensual de 0,70%, acumulando un incremento de 2,95% en los primeros cinco meses del año y una inflación interanual de 3,77%. El dato representa una desaceleración respecto al 5,05% registrado en los doce meses cerrados a mayo de 2025.
Entre los rubros con mayor incidencia en el aumento mensual de precios se destacaron Transporte, que aportó 0,31 puntos porcentuales al índice general, Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,15 puntos) y Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (0,10 puntos).
En alimentos, los principales incrementos se observaron en diversos cortes de carne, productos lácteos y hortalizas como morrones, tomates, zanahorias y papas. En contraste, frutas cítricas como limones, naranjas y mandarinas registraron bajas significativas de precios.
Por su parte, el rubro Vivienda fue impulsado por aumentos en tributos domiciliarios y en el precio del supergás, mientras que Transporte reflejó principalmente el ajuste de los combustibles, con subas de 14% en el gasoil y 7% en las naftas.
Los indicadores de Inflación Subyacente mostraron una dinámica más moderada. El IPC con exclusiones de verduras, frutas y combustibles registró una variación interanual de 3,86%, mientras que el indicador que además excluye precios tarifados y administrados alcanzó 3,61%. En tanto, los precios transables aumentaron 1,65% en los últimos doce meses y los no transables 5,77%.
Con este resultado, la inflación anual permanece dentro del rango objetivo establecido por las autoridades monetarias, consolidando la tendencia de moderación observada durante el último año.
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. Actividad, Empleo y Desempleo. Mes 04/26. Publicado el 03/06/26.

Principales resultados de la Encuesta Continua de Hogares (Abril 2026).
Aspectos clave: En abril de 2026, la Tasa de Actividad a nivel nacional fue 64,2%, la de Empleo 59,5% y la de Desempleo 7,5%.
Desglose regional: Montevideo presenta 65,5% de actividad, 60,5% de empleo y 7,6% de desempleo; Interior, 63,4% de actividad, 58,8% de empleo y 7,4% de desempleo.
Por sexo: Hombres (Actividad 71,6%; Empleo 67,0%; Desempleo 6,4%); Mujeres (Actividad 57,4%; Empleo 52,4%; Desempleo 8,7%).
 
Por grupos de edades (principales) y otras características relevantes:
Subempleo estimado en 9,3%.
No registro a la seguridad social entre ocupados 21,7%.
Ocupados ausentes: 8,1% en abril.
Promedio de horas efectivas trabajadas: 27,9 horas. - Metodología: Cambio metodológico desde julio de 2021 hacia un panel rotativo; revisión de series para garantizar comparabilidad temporal.
Matriz de transición: de marzo a abril 2026, se observan movimientos entre ocupados, desocupados e inactivos (ver cuadro de transiciones).
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. EEE. Mes 05/26. Publicado el 05/06/26

Principales resultados:
La expectativa recortada al 90% de inflación para 2026 es de 5,0%, mientras que para 2027 y 2028 es de 5,3% y 5,4%, respectivamente.
Las expectativas empresariales sobre la evolución del IPC muestran una tendencia al alza en los próximos años, con medias de 5,1% en 2026 y 5,4% en 2026-2027. La distribución de las expectativas sobre la inflación en los próximos doce meses indica un rango entre el 3,5% y 7%, con líneas punteadas que representan los percentiles 5 y 95.
Evolución de expectativas de Costos Operativos:
La media recortada al 90% de la variación esperada de costos operativos es de 6,0% en 2026 y 6,2% en los años siguientes. Las expectativas empresariales sobre la evolución de sus costos en porcentaje annual (%) también muestran un incremento, con valores de 6,4% en 2026 y 6,9% en 2028. La distribución de las expectativas sobre los costos muestra un rango entre el 3,9% y 8%, delimitado por los percentiles 5 y 95.
Ficha técnica y diseño muestral:
La encuesta incluye empresas privadas con al menos 100 empleados, de varias secciones según la CIIU REV 4, que participan en un panel rotativo de dos años. El tamaño de muestra efectivo en mayo de 2026 fue de 339 empresas, con una tasa de respuesta de 71,7%, y se divide en cuatro grupos de rotación. El diseño de muestreo estratificado y aleatorio permite estimar con precisión las medias y medianas de las expectativas económicas, con coeficientes de variación menores al 2%.
Distribución de expectativas y análisis estadístico:
La distribución de las expectativas sobre la inflación y los costos muestra líneas punteadas que indican los percentiles 5 y 95, delimitando el 90% central de las observaciones.
Las preguntas de la encuesta abordan la variación esperada del IPC y de los costos en diferentes períodos y en diferentes meses, ajustándose a las fechas de referencia.
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. IMS. Mes 04/26. Publicado el 29/05/26.

Resultados del Índice Medio de Salarios (IMS) - Abril 2026.
El IMS de abril 2026 mostró un aumento mensual de 0,21%, con una variación anual de 3,75% y un aumento en los últimos 12 meses de 5,12%. El sector privado experimentó una variación mensual de 0,13%, principalmente en Industrias manufactureras, Transporte y Comercio (R1). La variación en el IMS Nominal fue de 0,23%, acumulando un 3,69% en el año y 5,19% en 12 meses.
El IMS Real presentó una variación negativa mensual de -0,32%, con disminuciones en ambos sectores, privado y público, y una variación en las últimas 12 meses del 1,90%. La variación acumulada en los últimos 12 meses del IMS del sector privado varió entre distintas divisiones, destacándose una mayor variación en Hoteles y Restaurantes y menor en Construcción, reflejando diferencias en ajustes salariales y firma de acuerdos.
En el sector privado, los salarios por división muestran incrementos específicos, resaltando en Alimentación, Textiles y Productos de Madera, con variaciones en torno al 3-6% en 12 meses.
En el sector público, la variación acumulada en los últimos 12 meses fue de aproximadamente 2,64%, con diferencias entre Gobierno Central, Empresas Públicas y Gobiernos Departamentales.
El IMS Nominal se incrementó un 0,23%, acumulando un 3,69% en el año y 5,19% en 12 meses, mientras que el IMS Real descendió un -0,32% mensual, reflejando cambios en el poder adquisitivo real de los salarios. El IMS Real del sector privado disminuyó ligeramente en -0,41% mensual, y en los últimos 12 meses subió un 0,85%, mientras que el sector público tuvo incrementos en variaciones anuales del 2,64%.
La metodología del IMS se basa en variaciones de salarios líquidos promedio y ponderaciones ajustadas a la distribución salarial sectorial, con un enfoque en la evolución del poder de compra y reajustes en asignaciones previsionales y contractuales.
El IMS Nominal se estima sin deducir aportes personales, y su cálculo se fundamenta en una muestra ampliada del sector público y privado, reflejando la estructura salarial del país.
Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. Ingresos de Hogares y Personas. Trimestre 1-año 2026. Publicado el 29/05/26.

Resumen de ingresos de hogares y personas – Trimestre 1 - año 2026

El ingreso medio de los hogares a nivel nacional en el primer trimestre de 2026 fue de $97.541, con un ingreso per cápita de $34.606, reflejando aumentos respecto al trimestre anterior y al mismo período del año pasado. La mediana del ingreso de los hogares se situó en $73.000, indicando que la mitad de los hogares percibe ingresos iguales o menores a esa cantidad, con un incremento en comparación con el año anterior.

El ingreso medio per cápita, ajustado por valores constantes, fue de $7.779, mostrando un aumento respecto al año previo y al trimestre anterior, con diferencias también por área geográfica.

Metodología {[R6]}

La encuesta de hogares cambió a un panel rotativo mensual en julio de 2021, permitiendo mayor precisión en mediciones de ingresos y mercado laboral. El ingreso disponible ajustado excluye cuotas de salud imputadas, sumando subsidios otorgados por UTE, OSE y ANCAP desde 2024, además de otros beneficios y transferencias.

Los ingresos considerados comprenden laborales, transferencias, rentas de activos, dividendos, indemnizaciones y otros ingresos corrientes, restando transferencias pagadas.

Fuente: Página web INE.

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INE: Boletín Técnico. UI. Mes 06/26. Publicado el 03/06/26.

La Unidad Indexada (UI) tuvo un valor de 6,5643 ($) pesos uruguayos, el 6 de junio de 2026, y aumentó progresivamente hasta 6,6087 ($) pesos uruguayos el 5 de julio de 2026.
Los valores diarios reflejan una tendencia de incremento en la UI durante el período, siguiendo la metodología establecida por la ley y el IPC.
La UI se actualiza diariamente en función de la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), según lo dispuesto por la ley y reglamentaciones correspondientes.
Fuente: Página web INE.

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COMUNICADOS BPS

Comunicado N° 9/2026. Se recuerda obligaciones vinculadas a la Prima por Presentismo del Trabajo Doméstico. Mes 06/26. Publicado 02/06/26.

El Banco de Previsión Social (BPS) emitió el Comunicado N° 9/2026, mediante el cual informó sobre el pago de la Prima por Presentismo correspondiente a los trabajadores del Servicio Doméstico durante junio de 2026, coincidiendo con la liquidación del aguinaldo.

La prestación fue establecida por el Consejo de Salarios del sector y corresponde a aquellos trabajadores que hayan mantenido asistencia perfecta durante el período comprendido entre diciembre de 2025 y mayo de 2026.

¿Cómo se calcula?

La Prima por Presentismo equivale a la cuarta parte del medio aguinaldo generado en el semestre considerado. El beneficio se abona únicamente a los trabajadores que cumplan con la condición de asistencia perfecta durante todo el período de referencia.

Obligaciones del empleador:

El BPS recordó que los empleadores no deben realizar ninguna gestión cuando el trabajador tiene derecho a la prima, ya que el organismo calculará automáticamente los aportes correspondientes a dicha partida salarial.

Sin embargo, cuando el trabajador no reúna las condiciones para percibir el beneficio, el empleador deberá comunicarlo al BPS entre el 1.º y el 30 de junio de 2026.

Canales para informar la falta de presentismo:

La comunicación puede realizarse mediante:

La aplicación móvil “BPS Trabajo Doméstico”, utilizando la opción “Declarar No Presentismo”.

Los servicios en línea del BPS para usuarios registrados. El trámite web habilitado para usuarios no registrados destinado a informar el no pago de la prima por presentismo.

Asistencia y consultas:

Para consultas generales, el BPS puso a disposición el teléfono 0800 2001. En casos específicos, los empleadores pueden generar un código PIN y comunicarse con la opción 2 del servicio de asistencia al contribuyente.

Con este recordatorio, el organismo busca asegurar la correcta liquidación de una partida salarial que premia la asistencia regular de los trabajadores del sector doméstico y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores.

Fuente: Página web BPS.

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