Destacados de la semana

DECRETOS

Decreto N° 82/026 – Retención del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Promulgado 29/04/2026. D.O. 12/05/2026.

Se modifica el régimen de retención del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicable a los trabajadores de la construcción comprendidos en el Decreto-Ley Nº 14.411. La norma fue publicada el 12 de mayo de 2026 y sustituye el inciso segundo del artículo 70 del Decreto Nº 148/007.
La modificación responde a la necesidad de ajustar el sistema de retenciones para aquellos trabajadores que perciben simultáneamente ingresos de sus empleadores y del Banco de Previsión Social (BPS), situación considerada de “ingresos múltiples” dentro del régimen tributario vigente.
El nuevo texto establece que, para calcular las retenciones del IRPF, deberán considerarse los jornales liquidados por el empleador y los importes abonados por el organismo previsional, sin aplicar la exclusión del sueldo anual complementario ni el incremento porcentual previsto en el artículo 63 del mismo decreto. Asimismo, se dispone que cuando los beneficios salariales abonados por el BPS superen las 3 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), la renta computable se incrementará en 7 BPC a efectos del cálculo de la retención correspondiente.
Fuente: Página web IMPO.

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Decreto N° 83/026 – Prórroga de Reducción de IVA para el Sector Turístico. Promulgado 29/04/2026. D.O. 12/05/2026.

Prórrogase hasta el 30 de septiembre de 2026 la reducción del IVA aplicable a la Actividad Turística, en línea con lo establecido por el Decreto N° 318/021. Esta medida fue originalmente implementada para incentivar el sector turístico mediante una rebaja del 9% en el impuesto, siempre que las operaciones se pagaran con ciertos medios electrónicos. La prórroga busca mantener este estímulo para continuar impulsando la actividad turística en el país.

Fuente: Página web IMPO.

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Decreto N° 84/026 – Se extiende Beneficios para Comercio de Frontera a pasos con Argentina. Promulgado 29/04/2026. D.O. 12/05/2026.

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº 84/026, mediante el cual amplía el régimen especial de comercio de frontera y los beneficios vinculados a nuevos empleos a determinadas zonas limítrofes con Argentina. La norma fue publicada el 12 de mayo de 2026 y modifica el Decreto Nº 236/025, reglamentario de la Ley Nº 20.419.
La medida tiene como objetivo mitigar las desventajas económicas que enfrentan las ciudades fronterizas debido a las diferencias de precios relativos con los países vecinos. Hasta ahora, el régimen se aplicaba únicamente a pasos de frontera terrestre con Brasil.
Con la nueva disposición, el régimen especial de comercio de frontera y la exoneración de aportes jubilatorios patronales para nuevos empleos también alcanzarán a los pasos fronterizos de Fray Bentos–Puerto Unzué, Paysandú–Colón y Salto–Concordia.
El decreto establece que estos beneficios comenzarán a regir a partir del 1º de mayo de 2026.
Fuente: Página web IMPO

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SOCIEDADES-AIN

Senaclaft: Resolución N° 54/026 – Ampliación de Registro Obligatorio para nuevos sujetos alcanzados por Normativa Antilavado. Publicada 12/05/2026.

La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, SENACLAFT, emitió la Resolución Nº 54/026, mediante la cual establece la inscripción obligatoria de nuevos sujetos alcanzados por la normativa de prevención del lavado de activos incorporados recientemente por la Ley Nº 20.469.
La resolución comprende a los fiduciarios no financieros —generales o profesionales— que no se encuentren bajo supervisión del Banco Central del Uruguay por realizar actividades financieras, así como a los prestadores de servicios de administración, contabilidad o procesamiento de datos previstos en el artículo 25 de la ley.
De acuerdo con la disposición, los sujetos incluidos deberán registrarse ante la SENACLAFT y constituir domicilio electrónico (DOMEL), aun cuando ya hubieran estado previamente inscriptos ante el Banco Central del Uruguay.
La normativa recuerda que, tras las modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.469 a la Ley Nº 19.574, estos actores pasan a tener la calidad de sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central.
Asimismo, la resolución confirma que la supervisión de estas actividades estará a cargo de la SENACLAFT y que la constitución del domicilio electrónico deberá realizarse conforme a lo previsto en el Decreto Nº 355/021.
La información relativa al procedimiento de inscripción y constitución del DOMEL se encuentra disponible en SENACLAFT.
Fuente: Página web Senaclaft.

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BCU

BCU: Expectativas Económicas. Mes 05.2026. Publicada 15/05/2026.
  1. Nivel de Actividad. Variación del PIB Las proyecciones de crecimiento (en volumen físico) según la mediana de las respuestas son las siguientes:
    •Año 2026: 1,35%.
    •Año 2027: 1,70%.
    •Año 2028: 2,00%.
  2. Proyecciones del Tipo de Cambio (Pesos por Dólar). Se espera una tendencia al alza en el valor del dólar para los próximos años, con los siguientes valores mediana:
    •Mayo 2026: $40,00.
    •Octubre 2026 (próximos 6 meses): $40,50.
    •Diciembre 2026: $40,63.
    •Abril 2027 (próximos 12 meses): $40,98.
    •Diciembre 2027: $41,60.
    •Abril 2028 (próximos 24 meses): $42,00.
    •Diciembre 2028: $42,80.
    Fuente: Página web BCU

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BCU: Expectativas de Inflación. Mes 05/2026. Publicada 15/05/2026.

Expectativas de variación del IPC.
Resultados según la mediana de las respuestas de las instituciones y profesionales consultados:
•Mayo 2026 (mes): 0,55%.
•Próximo semestre (May 26 - Oct 26): 2,05%.
•Año calendario 2026: 4,60%.
•Próximos 12 meses (May 26 - Abr 27): 4,90%.
•Año calendario 2027: 4,50%.
•Próximos 24 meses (May 27 - Abr 28): 4,50%.
•Año calendario 2028: 4,50%.
Fuente: Página web BCU

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE: Boletín Técnico. IAI-Mercado de Alquileres. Mes 03/2026. Publicado 11/05/2025.

Principales resultados:

La mediana de los precios de los alquileres de propiedades inmuebles en pesos en marzo 2026, registra una variación mensual de 0,38% y acumulada en los últimos 12 meses de 4,97%.
Al mes de marzo 2026 se registraron 89.404 alquileres de propiedades inmuebles, de las cuales el 75,9% pertenecen a la ciudad de Montevideo, 11,8% a Canelones, Maldonado, 1,68% son de Maldonado, continuando con Paysandú con un 1,36% y Colonia con 1,35% de las transacciones.
Fuente: Página web INE

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INE: Boletín Técnico. Mercado de Trabajo por Área Geográfica. Trimestre Móvil: 01/26-03/26. Publicado 12/05/2026.

Total de Personas, según condición de actividad (trimestre móvil Ene26-Mar26, en miles):
Activos Empleados Desempleados
Montevideo 754 697 58
Resto 1.155 1.068 86
Total 1.909 1.765 144

No registro en la Seguridad Social, como porcentaje de ocupados (trimestre móvil Ene26-Mar26):
% Ocupados No registrados
Montevideo 15,4%
Resto 25,2%
Total 21,3%

Fuente: Página web INE

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INE: Boletín Técnico. IVFIM. Mes 03.2026. Publicado 12/05/2026.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) presentó los resultados de la actividad industrial correspondientes al primer mes del año 2026, utilizando la base promedio 2018=100.
El IVFIM registra una variación de 9,4% con respecto a igual mes del año anterior. Para el mismo período, el Índice de Horas Trabajadas por obreros (IHT) registra una variación de 2,1% y el Índice de Personal Ocupado (IPO) de 1,6%.
La división con mayor incidencia positiva en la variación interanual del producto industrial es Elaboración de productos alimenticios (División 10), con variación de 13,2% e incidencia de 5,5 p.p.
Le siguen en orden de incidencia positiva Fabricación de sustancias y productos químicos (División 20), con variación de 28,0% e incidencia de 1,4-p.p. y Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques (División 29), con variación de 31,0% e incidencia de 0,8 p.p.
La división con mayor incidencia negativa en la variación interanual del producto industrial es Elaboración de bebidas (División 11), con variación de -10,5% e incidencia de -0,6 p.p. Le siguen en orden de incidencia negativa Fabricación de papel y de los productos de papel (División 17), con variación de -2,3% e incidencia de -0,3 p.p. y Fabricación de los productos informáticos, electrónicos y ópticos (División 26), con variación de -17,1% e incidencia de -0,1 p.p.
La variación interanual de IHT es de 2,1%. La división que más incide en el aumento de las horas trabajadas es Elaboración de productos alimenticios (División 10), con variación de 1,7% e incidencia de 0,9 p.p.
La variación interanual del IPO es de -1,6%. La división que más incide en la disminución del personal ocupado es Fabricación de cueros y productos conexos (División 15), con variación de -20,6% e incidencia de -0,5 p.p.
Fuente: Página web INE

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KPMG-MONITOR SEMANAL

Monitor Semanal N° 1152, de 04/05/2026.

Cambios en el régimen de envíos postales internacionales:
En relación con las compras realizadas en el exterior bajo el régimen de franquicias tributarias, la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) emitió nuevas resoluciones orientadas a reforzar los controles y proteger la identidad de los usuarios. Las medidas complementan el nuevo esquema de exoneración del IVA para envíos postales internacionales provenientes de países con acuerdos comerciales específicos con Uruguay, como ocurre actualmente con Estados Unidos.
Entre las principales novedades, se creó un registro digital voluntario —hasta nueva comunicación de la DNA— mediante el sistema LUCIA, que exigirá mecanismos de identidad digital y autorización expresa para que las administradoras de tarjetas suministren información sobre medios de pago utilizados en compras internacionales. Además, desde el 1º de mayo de 2026 comenzaron a regir nuevos procedimientos de control aduanero para este tipo de operaciones.
La DNA también prorrogó hasta el 1º de julio de 2026 la exigencia de registro de empresas extranjeras para acceder a la exoneración del IVA en estos envíos y anunció que registrará de oficio a las principales plataformas internacionales utilizadas por consumidores uruguayos.
Nueva regulación del trabajo mediante plataformas digitales en Uruguay:
La normativa (Ley Nº 20.396, aprobada en 2025) establece niveles mínimos de protección para repartidores y conductores, tanto dependientes como autónomos, e incorpora obligaciones de transparencia respecto al uso de algoritmos y sistemas automatizados de monitoreo.
La ley reconoce además la reputación digital como un activo del trabajador y obliga a las plataformas a garantizar acceso a la información recopilada sobre su desempeño. También prohíbe cláusulas abusivas, exige condiciones contractuales claras y establece deberes de prevención en materia de salud física y mental.
En el caso de los trabajadores dependientes, se fijó un límite semanal de 48 horas y se regularon las modalidades de remuneración por hora o por tarea. Para los trabajadores autónomos, la norma prevé cobertura por accidentes laborales, posibilidad de adherir al monotributo y reconocimiento del derecho a sindicalización y negociación colectiva.

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Fuente: KPMG. Departamento de Asesoría Legal y Tributaria.