Destacados de la semanaECONOMÍA Y FINANZASINE – Boletín Técnico. Índice Medio de Salarios (IMS). Julio 2026. Publicado el 31/08/2026 IMS – Principales indicadores En julio de 2026:
Comportamientos destacados El sector privado registró un aumento mensual de 1,31%, impulsado principalmente por comercio, industria manufacturera y servicios sociales y de salud. El sector público presentó una variación mensual de 0,18%. El salario real aumentó 0,83% en julio, acumulando una mejora de 1,36% en el año y 1,39% en los últimos 12 meses. Interpretación general Los salarios mantuvieron una evolución positiva en julio, con un crecimiento más pronunciado en el sector privado. En términos reales, el poder adquisitivo de los salarios mostró una mejora de 1,39% en los últimos doce meses. Fuente: Página web INE. INE – Boletín Técnico. Índice de Precios del Consumo (IPC). Agosto 2026. Publicado el 03/09/2026 IPC – Principales indicadores En agosto de 2026:
Comportamientos destacados Entre los principales aumentos se encuentran salud (0,92%), mobiliario y equipamiento del hogar (0,87%), educación (0,80%) y transporte (0,50%). Ropa y calzado disminuyó 2,52%, principalmente por las liquidaciones de temporada otoño-invierno. La inflación de los bienes y servicios no transables alcanzó 6,13% en los últimos 12 meses, frente a 2,36% de los transables. Interpretación general La inflación se mantuvo moderada en agosto, con un aumento mensual de 0,24% y una variación interanual de 4,55%, observándose una diferencia significativa entre la evolución de los precios no transables y transables. Fuente: Página web INE. INE – Boletín Técnico. Mercado de Trabajo por Área Geográfica de Residencia. Trimestre móvil mayo-julio 2026. Publicado el 03/09/2026 Mercado laboral – Principales indicadores En el trimestre móvil mayo-julio de 2026, para el total del país:
Comportamientos destacados Maldonado presentó una de las mayores tasas de empleo, con 65,6%, mientras que Treinta y Tres registró la menor, con 48,0%. Las mayores tasas de desempleo se observaron en Artigas (11,4%), Treinta y Tres (10,2%) y Río Negro (10,1%). El 20,9% de los ocupados del país no se encontraba registrado en la seguridad social. En Montevideo esta proporción fue de 14,9%, mientras que en Rivera alcanzó 40,2%. Interpretación general El mercado laboral presentó una tasa de desempleo de 7,2%, aunque con diferencias importantes entre departamentos tanto en los niveles de empleo y desempleo como en el grado de registro a la seguridad social. Fuente: Página web INE. INE – Boletín Técnico. Unidad Indexada (UI). Setiembre 2026. Publicado el 03/09/2026 UI – Principales valores Para el período comprendido entre el 6 de setiembre y el 5 de octubre de 2026:
Comportamientos destacados La UI presenta un ajuste diario creciente durante todo el período informado. Su evolución se determina en función de la variación del Índice de Precios del Consumo (IPC) del mes inmediato anterior. Interpretación general La Unidad Indexada mantiene durante setiembre una evolución gradual al alza, reflejando la variación del IPC utilizada para su actualización. Fuente: Página web INE. INE – Boletín Técnico. Unidad Previsional (UP). Setiembre 2026. Publicado el 31/08/2026 UP – Principales valores Para el período comprendido entre el 1.º y el 30 de setiembre de 2026:
Comportamientos destacados La Unidad Previsional presenta un incremento diario gradual durante todo setiembre. Su valor se actualiza de acuerdo con la variación del Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN) del mes inmediato anterior. Interpretación general La Unidad Previsional mantiene una evolución ascendente durante setiembre, pasando de $ 1,79445 a $ 1,81152, en línea con el mecanismo de actualización basado en la evolución de los salarios nominales. Fuente: Página web INE. KPMG-MONITOR SEMANALKPMG – Monitor Semanal N. º 1165. Publicado el 31/08/2026. Licencia remunerada para asistir a actividades en centros educativos El Senado aprobó el 18 de agosto de 2026 un proyecto de ley que crea una licencia especial remunerada para que madres, padres y demás personas responsables puedan asistir a reuniones, actos y otras actividades de los centros educativos a los que concurran menores a su cargo. El proyecto comprende a trabajadores públicos y privados y cuenta actualmente con media sanción. Principales puntos:
Conclusión: El proyecto busca compatibilizar las responsabilidades laborales con la participación de madres, padres y responsables en la vida educativa de los menores a su cargo, garantizando hasta ocho horas anuales de ausencia sin pérdida salarial. Al tratarse de un proyecto con media sanción, su aplicación queda condicionada a la culminación del trámite legislativo. Breves
Fuente: KPMG: Departamento de Asesoría Legal y Tributaria. BERGSTEIN ABOGADOSEl nuevo Régimen del IRPF sobre las Rentas de Fuente Extranjera Reglamentación, transparencia fiscal y aspectos prácticos del Decreto N.º 95/026 y de la Resolución DGI N.º 1517/2026 El documento analiza las modificaciones al IRPF aplicable a rentas de fuente extranjera, reglamentado por el Decreto N.º 95/026 y complementado por la Resolución DGI N.º 1517/2026. La reforma amplía significativamente la base imponible, alcanza nuevas categorías de rentas del exterior y limita la posibilidad de diferir la tributación mediante estructuras societarias locales o extranjeras. Aspectos centrales: quedan gravados los arrendamientos de inmuebles situados en el exterior, los incrementos patrimoniales derivados de inmuebles y activos mobiliarios o financieros del exterior, y las rentas obtenidas a través de entidades interpuestas cuando corresponda aplicar el régimen de imputación o transparencia fiscal. El régimen prevé, en términos generales, una tasa del 12% para las rentas alcanzadas, con alternativas de liquidación real o ficta según el tipo de activo. Para inmuebles, el régimen ficto determina una tasa efectiva del 1,8% sobre el precio de venta; para activos mobiliarios y financieros, la liquidación ficta implica una tasa efectiva del 2,4%. La transparencia fiscal constituye uno de los cambios más relevantes: las rentas del exterior obtenidas por entidades no residentes o por ciertas entidades residentes se imputan directamente a la persona física residente que califique como beneficiario final, con un umbral de participación reducido al 5%. En consecuencia, el diferimiento fiscal mediante entidades interpuestas queda sustancialmente restringido. Estas modificaciones al régimen de imposición han generado la necesidad de regular diversos aspectos que la reglamentación se encarga de abordar, como, por ejemplo: criterios de valuación de los activos del exterior, el orden de asignación, sujetos obligados a retener en el caso de cadena de titularidad de entidades --locales o del exterior-- a través de las cuales se obtienen los rendimientos del exterior, situación de los fondos de inversión abiertos, nuevos responsables tributarios, etc. Implicancias prácticas: los contribuyentes deberán revisar estructuras de inversión, cadenas de propiedad, documentación de costos fiscales, mecanismos de retención, aplicación de créditos por impuestos pagados en el exterior y eventuales opciones por regímenes fictos o simplificados. También deberán coordinar con intermediarios, custodios, representantes ante DGI y entidades del exterior para asegurar el correcto funcionamiento de la operativa de pago del impuesto. Fechas y cumplimiento: la Resolución concede prórrogas relevantes para retenciones y pagos a cuenta correspondientes a 2026, incluyendo vencimientos en octubre de 2026 para determinadas rentas del primer semestre o devengadas hasta setiembre, según el caso. Cuando no exista retención, el contribuyente deberá realizar pagos a cuenta semestrales. Próximos pasos recomendados: estos cambios plantean ciertos desafíos para los contribuyentes y sus asesores fiscales. En lo inmediato, convendría que estos se aboquen a la tarea de identificar activos y rentas del exterior alcanzados; determinar si corresponde aplicar el régimen de imputación o transparencia fiscal; revisar la disponibilidad de documentación fehaciente de costos e impuestos pagados en el exterior; definir el criterio de liquidación aplicable; y evaluar la conveniencia del régimen simplificado opcional para contribuyentes con alta exposición a rentas extranjeras. Fuente: Bergstein Abogados. Dr. Domingo Pereira CARLE & ANDRIOLIINFORME TÉCNICO: LA DISYUNTIVA DE LA FED – 14/08/2026 Los mercados proyectan cuáles serían los próximos pasos de la FED, en función de las variables que se vienen conociendo, como la inflación y el empleo. Por su parte, la economía uruguaya sigue atenta a los shocks externos en un contexto de incertidumbre. El mundo no logra salir de su estado de incertidumbre constante. Si no enfrenta una pandemia, explota algún conflicto bélico, o se recrudece la guerra comercial, o incluso se suscitan varios acontecimientos a la vez. En la actualidad se destacan al menos dos: la tensión en el Medio Oriente, que golpea al sector energético, y el avance a pasos agigantados de la inteligencia artificial, que redefine el sector tecnológico. Estos eventos no impactan igual en todos los países, donde por lo general las economías más vulnerables son las más expuestas a este tipo de shocks. Recientemente, se conocieron datos del mercado laboral de Estados Unidos. En julio 2026 se perdieron 23 mil puestos de trabajo, y la tasa de desempleo disminuyó ligeramente a 4,1%. Esta baja no necesariamente implica una buena noticia, debido a que muchas personas dejaron directamente de buscar trabajo y salieron de las estadísticas, y no porque se hayan generado más empleos. A esto se suma que la inflación estadounidense de julio registró un incremento interanual de 3,4%, permaneciendo lejos de la meta oficial de 2%. Sin embargo la inflación subyacente - que excluye del indicador los precios de alimentos y energía- se ubica en 2,5%. La FED se enfrenta de esta manera a la disyuntiva clásica entre cuidar el empleo o los precios. En el foco se encuentra el nuevo presidente de la FED, Kevin Warsh, que asumió en mayo en remplazo de Jerome Powell. Con su estilo y una comunicación diferentes a los de su antecesor, la incertidumbre sobre los futuros movimientos del organismo se convirtió en tema de debate y generó muchas críticas. Actualmente, la tasa de referencia se ubica en el rango de 3,50% a 3,75%. El Comité Federal de Mercado Abierto (FOMC), en su última reunión de julio, decidió mantener este nivel sin cambios por quinta vez consecutiva. Por su parte, la economía uruguaya sigue atenta a los shocks externos en un contexto de incertidumbre. La preocupación de los analistas no pasa por los precios en este momento, sino por el nivel de actividad. Las estimaciones que se vienen conociendo marcan a la economía uruguaya expandiéndose a una tasa baja. Según los analistas que responden la encuesta del BCU, en julio 2026 la mediana indicaba que el Producto Interno Bruto (PIB) uruguayo crecería 1,3% este año. Fuente: Carle & Andrioli Contadores Asociados. Ec. Sofía Tuyaré. Dpto de Consultoría RESOLUCIONES DGIDGI – Resolución N.° 2.070/026. Promulgada el 02/09/2026. D.O. 04/09/2026. IRAE e Impuesto al Patrimonio – Actividades agropecuarias y otras rentas La DGI extendió los criterios especiales de liquidación aplicables a contribuyentes que obtienen conjuntamente rentas agropecuarias y otras rentas gravadas por IRAE, modificando los plazos previstos en la Resolución N.º 2.062/2008. Disposición principal Los contribuyentes podrán continuar liquidando separadamente los tributos correspondientes a la actividad agropecuaria y los del resto de sus actividades gravadas, para ejercicios con cierre anterior al 1.º de julio de 2027. A partir del 1.º de julio de 2027, el IRAE correspondiente a todas las actividades deberá liquidarse al 30 de junio de cada año. Si la DGI autorizó una fecha de cierre diferente, se utilizará dicha fecha para los ejercicios iniciados desde el 1.º de enero de 2027. Como régimen de transición, quienes venían liquidando separadamente deberán efectuar un cierre fiscal al 30 de junio de 2027 por sus actividades no agropecuarias, salvo que tengan autorizada otra fecha de cierre. Conclusión La resolución prorroga hasta los ejercicios cerrados antes del 1.º de julio de 2027 la posibilidad de liquidar separadamente las actividades agropecuarias y las restantes actividades, estableciendo además las reglas para su posterior unificación. Fuente: Página web DGI. DGI – Consulta Tributaria N.° 6.689. Promulgada el 29/07/2026. Publicación web DGI 29/08/2026
Empresa unipersonal “no profesional” – IVA – Servicios de Seguridad y Salud Ocupacional La DGI analizó el tratamiento en IVA de los servicios prestados por un Licenciado en Seguridad y Salud Ocupacional, cuyo título tiene carácter universitario reconocido por el MEC, pero cuya profesión aún no está amparada por la CJPPU. Disposición principal El consultante planteó si determinados servicios vinculados con la salud ocupacional podían tributar IVA a la tasa mínima, mientras que los restantes quedarían alcanzados por la tasa básica. La DGI recordó que la tasa mínima resulta aplicable a servicios prestados fuera de la relación de dependencia directamente vinculados con la salud humana, siempre que quien los preste cuente con título habilitante o, en su defecto, inscripción en el registro correspondiente del MSP. En el caso analizado, entendió que los servicios de salud ocupacional descriptos tienen un carácter genérico de promoción y protección de la salud de los trabajadores, por lo que no califican para el tratamiento preferencial. Conclusión La DGI concluyó que todos los servicios consultados se encuentran gravados a la tasa básica de IVA, incluyendo los vinculados con salud ocupacional. Fuente: Página web DGI. |
Índice TemáticoCapítulo 1 - TributariaTRIBUTARIACapítulo 6 - Economía y FinanzasECONOMÍA Y FINANZASBoletines AnterioresConsejo Directivo Presidente: Cra. Silvia Leal Consejo Editorial Presidente: Cr. Juan Carlos Olveira Coordinadores: Cr. Alejandro Morales |
