Destacados de la semana

DECRETOS

Decreto N.º 156/026. Promulgado el 08/07/2026. D.O. 28/07/2026. Modificaciones al régimen de retenciones del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS)

El Poder Ejecutivo modificó el Decreto N.º 232/025, ajustando las disposiciones relativas a los agentes de retención y responsables del IASS. El objetivo de esta norma es facilitar el pago del impuesto mediante la implementación de ajustes anuales y la retención de saldos pendientes, optimizando así la recaudación y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Principales disposiciones

  • Responsables sustitutos: Se designan como responsables sustitutos a diversas entidades públicas y privadas (BPS, Cajas de Jubilaciones, Servicio de Retiros de las FF.AA., entre otras) por los anticipos del IASS correspondientes a jubilaciones y pensiones.
  • Ajuste anual: Los responsables deberán realizar un ajuste anual al 31 de diciembre de cada año. Si de este ajuste surge un saldo a pagar, se realizará la retención correspondiente; si resulta un crédito a favor del contribuyente, será devuelto por la DGI.
  • Carácter de la retención: Cuando el contribuyente obtenga ingresos de un solo responsable sustituto en el ejercicio, la retención tendrá carácter definitivo, quedando liberado de presentar la declaración jurada anual.
  • Retención de saldos: Se designan agentes de retención para el saldo del impuesto, quienes, basándose en la información proporcionada por la DGI, retendrán mensualmente el importe adeudado entre los meses de marzo y diciembre del año siguiente al hecho generador.
  • Deberes de información: Las entidades pagadoras deberán incluir leyendas informativas en los resguardos de pago (especialmente en el mes de febrero) comunicando a los contribuyentes si corresponde la retención del saldo del impuesto.
  • Régimen opcional: Aquellos contribuyentes a quienes se les retenga la totalidad del saldo podrán optar por no presentar declaración jurada, otorgando carácter definitivo a dichas retenciones.

Disposiciones transitorias (Ejercicio 2025)

Para los contribuyentes que no hayan presentado la declaración jurada del IASS correspondiente al ejercicio 2025, se establece un régimen excepcional de retención del saldo en 5 cuotas (entre octubre de 2026 y febrero de 2027). Se dispone que en los resguardos de julio y agosto de 2026 se incluya una leyenda advirtiendo a los omisos sobre este procedimiento.

Vigencia: Hechos generadores configurados a partir del 31 de diciembre de 2026, con excepción de las disposiciones transitorias aplicables al ejercicio 2025.Fuente: Página web IMPO

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Decreto N.º 157/026. Promulgado el 08/07/2026. D.O. 28/07/2026. Actualización del valor del Timbre “Registro de Testamentos y Legalizaciones”

El Poder Ejecutivo procedió a la actualización semestral del valor del tributo denominado "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones", creado por la Ley N.º 17.707. Esta adecuación se realiza de forma preceptiva los días 1.º de enero y 1.º de julio de cada año, ajustándose en función de la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadística.

Principales disposiciones

  • Base de cálculo: Para esta actualización se consideró la variación del IPC registrada en el período comprendido entre el 1.º de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026, la cual se situó en el 2,858%.
  • Nuevo valor: Se fija el valor del Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones en $ 2.757 (pesos uruguayos dos mil setecientos cincuenta y siete).

Vigencia: El nuevo valor rige para el período comprendido entre el 1.º de julio y el 31 de diciembre de 2026.

Fuente: Página web IMPO

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Decreto N.º 168/026. Promulgado el 17/07/2026. D.O. 30/07/2026. Responsabilidad y medidas especiales en el ámbito de la seguridad de la información – Incorporación del Art. 20 Bis al Decreto N.º 66/025.

El Poder Ejecutivo procedió a modificar el Decreto N.º 66/025, el cual reglamenta las disposiciones sobre seguridad de la información y el funcionamiento de la AGESIC. Esta nueva norma establece la obligatoriedad de determinar responsabilidades individuales y adoptar medidas correctivas inmediatas ante incidentes de ciberseguridad en la Administración Central, buscando mitigar perjuicios derivados de errores humanos o sistemas desactualizados.

Principales disposiciones

  • Incorporación normativa: Se añade el artículo 20 bis al Decreto N.º 66/025, estableciendo un marco de actuación ante incidentes de seguridad de la información.
  • Procedimientos administrativos obligatorios: Ante la constatación de un incidente, la entidad pública afectada debe iniciar de forma inmediata los procedimientos administrativos tendientes a determinar responsabilidades, de acuerdo con lo previsto en los Decretos N.º 222/014 o N.º 500/991.
  • Ajustes y adaptaciones: Cuando se determine que un incidente ocurrió por falta de previsión, procesos inadecuados, sistemas obsoletos o incumplimiento del Marco de Ciberseguridad, la entidad deberá implementar obligatoriamente los ajustes y correcciones necesarios.
  • Deber de informar: Las entidades públicas deberán informar a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) sobre las medidas y adaptaciones adoptadas tras un incidente.
  • Enfoque integral: La norma enfatiza la determinación de responsabilidades internas y la aplicación de medidas disciplinarias pertinentes como parte de un enfoque integral para atender las causas generadoras de fallas de seguridad.

Vigencia: A partir de su publicación en el Diario Oficial el 30/07/2026.

Fuente: Página web IMPO

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SOCIEDADES-AIN

LIDECO – Evolución de Concursos de Acreedores. Publicado el 28/07/2026. Informe correspondiente al 1.º semestre de 2026.

La Liga de Defensa Comercial (LIDECO) presentó su reporte sobre la evolución de las solicitudes de concursos de acreedores en Uruguay durante el primer semestre de 2026, elaborado con base en datos del Poder Judicial. El informe destaca que, si se excluye el pico excepcional registrado en 2025, se mantiene una tendencia alcista en la cantidad de procesos concursales iniciados en comparación con los años previos.

Principales resultados

  • Estadísticas globales: Durante el primer semestre de 2026 se presentaron 69 solicitudes de concurso a entidades con actividad económica.
  • Desglose por tipo de proceso: Del total de solicitudes, 55 correspondieron a Concursos Necesarios (solicitados por acreedores) y 14 a Concursos Voluntarios (presentados por el deudor).
  • Tendencia y comparativa: Si bien la cifra es menor a las 101 solicitudes de 2025 (explicadas por situaciones particulares en fondos ganaderos), el dato de 2026 es superior al promedio de 53 solicitudes registrado entre 2022 y 2024, consolidando una tendencia al alza.
  • Incentivos y herramientas: Se observa un claro predominio de los concursos necesarios sobre los voluntarios, lo que sugiere una pérdida de incentivos de los deudores para utilizar la herramienta de forma preventiva. Asimismo, se reporta una escasa utilización de los Acuerdos Privados de Reorganización (APR), registrándose cero casos en el período.
  • Riesgo comercial: LIDECO enfatiza que cada proceso concursal afecta a una amplia red de proveedores, clientes y entidades financieras, por lo que el seguimiento de estos datos es clave para la toma de decisiones de crédito.

Resumen: Los indicadores del primer semestre de 2026 reflejan un incremento en la judicialización de la insolvencia respecto al promedio histórico reciente. Ante este escenario, se recomienda a las empresas mantener sistemas de alerta sobre sus deudores para proceder, en caso de ser necesario, a la verificación de créditos y la prevención de riesgos de forma inmediata.

Fuente: Página web LIDECO. Según datos del Poder Judicial

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE – Boletín Técnico. Publicado el 29/07/2026. Actividad, Empleo y Desempleo (ECH) – Mes de junio 2026.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) dio a conocer los principales indicadores del mercado de trabajo en Uruguay correspondientes a junio de 2026, relevados a través de la Encuesta Continua de Hogares (ECH),. El informe detalla la situación de la oferta y demanda de mano de obra a nivel nacional, desagregada por región, sexo y tramos de edad, así como la calidad del empleo en términos de seguridad social y carga horaria,,.

Principales resultados

  • Indicadores globales (Total país): La tasa de actividad se situó en 63,9%, la tasa de empleo en 59,5% y la tasa de desempleo en 7,0%.
  • Desglose regional: Montevideo presenta niveles de actividad (65,3%) y empleo (60,8%) superiores al Interior (63,1% y 58,6% respectivamente), mientras que el desempleo es ligeramente menor en la capital (6,9% frente a 7,1%),.
  • Brecha de género: Se observa una persistente diferencia en el mercado laboral; los hombres presentan una tasa de empleo del 67,1% con un desempleo del 5,7%, mientras que en las mujeres el empleo baja al 52,4% y el desempleo sube al 8,5%.
  • Calidad del empleo e informalidad: Se estima que el 20,8% de las personas ocupadas no están registradas en la seguridad social por su trabajo principal. Asimismo, la tasa de subempleo se ubicó en 8,7%.
  • Carga horaria y ausentismo: El promedio de horas efectivas trabajadas en la ocupación principal fue de 35,4 horas semanales. Por su parte, la tasa de ocupados ausentes de su puesto de trabajo durante el mes de referencia fue del 5%.
  • Desempleo juvenil: El tramo de edad entre 14 y 24 años continúa siendo el más afectado por la desocupación, alcanzando una tasa del 21,3%, cifra significativamente superior al promedio nacional.

Resumen: Los datos de junio de 2026 reflejan una estabilidad en los indicadores de actividad y empleo con respecto a periodos anteriores, aunque persisten desafíos estructurales vinculados a la informalidad (que afecta a 1 de cada 5 trabajadores) y a las dificultades de inserción laboral para mujeres y jóvenes.

Fuente: Página web INE.

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INE – Boletín Técnico. Publicado el 21/07/2026. Indicadores de Actividad Inmobiliaria (IAI) – Mercado de Compraventa – Abril – Mayo 2026.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) difundió los resultados del mercado de compraventa de inmuebles correspondientes a los meses de abril y mayo de 2026. El informe se elabora a partir de los registros administrativos de la Dirección General de Registros (DGR), abarcando viviendas, predios comerciales e industriales, entre otros. Para el análisis de valores se utiliza la mediana, a efectos de evitar distorsiones por transacciones de montos excepcionalmente elevados.

Principales resultados

  • Evolución de precios (Abril 2026): La mediana de los precios de las transacciones de inmuebles en dólares registró una variación mensual de -11,11%, mientras que la variación acumulada en los últimos 12 meses se situó en un 2,56%. El valor de la mediana para este mes fue de USD 80.000.
  • Descenso regional: En abril, se observó una baja en la mediana de precios de las altas de compraventa respecto al mes anterior tanto en Montevideo (-6,85%) como en el Interior (-13,60%).
  • Volumen de operaciones (Mayo 2026): Se registraron 4.309 altas de compraventa, lo que representa un incremento anual del 3,88%, a pesar de una caída mensual del 7,37%.
  • Distribución geográfica: La actividad se concentró principalmente en cinco departamentos: Montevideo (33,35%), Maldonado (16,66%), Canelones (14,25%), Rocha (7,84%) y Colonia (5,22%).
  • Tipos de movimientos: Del total de transacciones registradas en mayo, el 67,07% correspondió a "Altas" de compraventa, mientras que las "Reservas de Prioridad" representaron el 30,1%.
  • Metodología de conversión: Los montos de las transacciones son transformados a dólares estadounidenses considerando el tipo de cambio vendedor del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) de la fecha de cada operación.

Resumen: Los indicadores del bimestre reflejan una corrección a la baja en la mediana de precios durante abril (USD 80.000), aunque mantienen una tendencia de crecimiento leve en la comparación interanual. En cuanto al volumen físico, mayo mostró un mercado dinámico con más de 4.300 operaciones, lideradas por Montevideo y los departamentos de la zona costera.

Fuente: Página web INE

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INE – Boletín Técnico. Publicado el 31/07/2026. Índice Medio de Salarios (IMS) – Junio 2026.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) difundió los resultados de la evolución de los ingresos corrientes de los trabajadores dependientes de los sectores público y privado formal para el mes de junio de 2026. El informe detalla el comportamiento del Índice Medio de Salarios (IMS), el Índice Medio de Salarios Nominal (IMSN) y el Índice Medio de Salarios Real, los cuales son fundamentales para la actualización de la Unidad Reajustable (UR), el ajuste de contratos de arrendamiento y el cálculo constitucional de las pasividades.

Principales resultados

  • Variaciones del IMS: El índice general registró una variación mensual de 0,04%, acumulando un incremento del 3,87% en el año y del 5,16% en los últimos 12 meses.
  • Comportamiento por sector:
    • El Sector Privado tuvo una variación mensual de 0,08%, incidida mayormente por las divisiones de "Comercio al por mayor y menor", "Transporte, almacenamiento y comunicaciones" y "Hoteles y restaurantes".
    • El Sector Público presentó una caída de -0,03%, explicada por las incidencias negativas del Gobierno Central (-0,04%) y las Empresas Públicas (-0,01%).
  • Índice Nominal (IMSN): La variación mensual fue de 0,04%, con un acumulado anual de 3,81% y una variación en los últimos 12 meses de 5,25%.
  • Salario Real: Ante una variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) del 0,37% en junio, el IMS Real registró una variación mensual negativa de -0,33%. No obstante, el salario real mantiene un crecimiento del 0,88% en la comparación interanual.
  • Análisis sectorial de coyuntura: Se observan variaciones acumuladas inferiores en sectores como la Construcción, debido a ajustes salariales menores que en el ejercicio anterior y a demoras en la firma de actas de la nueva ronda de los Consejos de Salarios.

Resumen: Los indicadores de junio de 2026 reflejan una estabilidad nominal en los ingresos, aunque con una leve pérdida de poder de compra en el mes debido a que la inflación (0,37%) superó el ajuste salarial promedio (0,04%). En términos interanuales, el IMS (5,16%) continúa posicionándose por encima del IPC (4,25%), manteniendo una tendencia de recuperación real en el largo plazo.

Fuente: Página web INE

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INE – Boletín Técnico. Publicado el 16/07/2026. Índice de Precios al Productor de Productos Nacionales (IPPN) – Junio 2026.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) presentó las estimaciones del IPPN correspondientes al mes de junio de 2026, utilizando como período base octubre de 2024. Este indicador releva los precios básicos, que incluyen únicamente los impuestos netos de subsidios a la producción, aplicándose a productos nacionales tanto para el mercado interno (Plaza) como para el exterior (Exportación).

Principales resultados:

  • Variación mensual global: El IPPN General registró un incremento del 2,08% en el mes de junio.
  • Comportamiento por destino:
    • El IPPN Plaza presentó una variación mensual de 2,25%, con una incidencia de 1,44 puntos porcentuales en el índice general.
    • El IPPN Exportación registró un aumento de 1,78%, incidiendo en 0,64 puntos porcentuales en el global.
  • Acumulado 12 meses: En el último año móvil, el IPPN General acumula una variación del 3,90% (Plaza: 5,26% y Exportación: 1,55%).
  • Incidencias sectoriales en el mercado interno (Plaza): La sección de "Industrias Manufactureras" fue la de mayor impacto (+2,43%), destacándose el aumento en la refinación de petróleo (+8,90%), impulsado por las subas en el Gasoil (8,51%) y la Nafta (14,11%).
  • Incidencias en el sector exportador: Se resalta el crecimiento en la "Elaboración de productos alimenticios" (+3,57%), debido fundamentalmente al incremento del 5,43% en los precios de exportación del procesamiento y conservación de carne.
  • Sector Primario: La "Producción agropecuaria, forestación y pesca" tuvo una variación del 1,05%, traccionada principalmente por la Ganadería, que mostró un alza de precios del 3,14%.
  • Otras variaciones destacadas: El rubro de "Explotación de minas y canteras" registró un aumento mensual del 17,00%, mientras que sectores como "Fabricación de papel" (-0,89%) y "Actividades de impresión" (-1,14%) presentaron variaciones negativas.

Resumen: Los datos de junio reflejan una aceleración en los precios al productor, explicada en gran medida por el ajuste en el precio de los combustibles para el mercado interno y el dinamismo de los precios cárnicos en el sector exportador. La actual metodología (base 2024) permite monitorear de forma precisa los precios de lista al contado y sin impuestos de una muestra representativa de empresas nacionales.

Fuente: Página web INE.

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KPMG-MONITOR SEMANAL

KPMG – Monitor Semanal N.º 1161.Publicado el 29/07/2026. Reglamentación de activos virtuales, acuerdos de cooperación regional y vencimientos de seguridad social.

Reglamentación de Activos Virtuales (Circular BCU N.º 2507): El BCU incorporó a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) como entidades sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Servicios Financieros.

  • Alcance: Comprende a personas jurídicas que realicen habitualmente intercambio, transferencia, custodia o administración de activos virtuales, así como servicios financieros vinculados a su oferta.
  • Exigencias: Se establecen requisitos de autorización previa, gobierno corporativo, prevención de lavado de activos (PLAFT), ciberseguridad y protección al usuario.
  • Exclusiones: No se incluyen los desarrollos de software sin intervención en el servicio ni ciertos NFT, a menos que funcionen como medio de pago o inversión.
  • Plazo de adecuación: Las entidades ya operativas tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2027 para ajustarse a la normativa.
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Acuerdo de Cooperación Jurisdiccional (Ley N.º 20.497): Se aprobó el acuerdo entre los Estados Parte del MERCOSUR, Bolivia y Chile para fortalecer la asistencia mutua en materia civil, comercial, laboral y administrativa.

  • Cooperación judicial: Se crean mecanismos para agilizar exhortos internacionales, notificaciones y obtención de pruebas mediante "Autoridades Centrales".
  • Igualdad de trato: Se garantiza el acceso a la justicia para nacionales y empresas extranjeras en condiciones equivalentes a las locales.
  • Reconocimiento de sentencias: Se establecen condiciones para la ejecución de fallos judiciales y laudos arbitrales extranjeros, brindando mayor seguridad jurídica en operaciones regionales.
  • Simplificación: Los documentos transmitidos por autoridades centrales quedan, en ciertos casos, exceptuados de legalización o apostilla.


Breves – Seguridad Social (BPS): El Banco de Previsión Social recordó que el 31 de julio de 2026 vence el plazo para que las empresas rurales comprendidas en el Decreto N.º 15/026 abonen las contribuciones especiales de seguridad social correspondientes al primer cuatrimestre de 2026.

Vigencia: Las disposiciones de la Circular N.º 2507 rigen desde su publicación, con el cronograma de adecuación antes mencionado. La Ley N.º 20.497 incorpora el acuerdo al ordenamiento jurídico nacional desde su promulgación.

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Fuente: Fuente: KPMG: Departamento de Asesoría Legal y Tributaria

RESOLUCIONES DGI

DGI – Consulta Vinculante N.º 6.771. Promulgada el 03/06/2026. Publicación Web 28/07/2026. Tratamiento tributario en la disolución de Cooperativas de Vivienda de Propietarios en procesos de regularización de asentamientos – IRPF – ITP.

La DGI analizó el caso de una Cooperativa de Vivienda de Propietarios (entrega inmediata) que, debido a irregularidades edilicias y la imposibilidad de incorporar el inmueble al régimen de propiedad horizontal, proyecta su disolución y la adjudicación de las viviendas a sus socios. La consulta se centra en el tratamiento tributario bajo el marco de las políticas de regularización de asentamientos introducidas por la Ley N.º 20.212.

Principales aspectos

  • Naturaleza de la adjudicación: Para las cooperativas de propietarios de entrega inmediata, la adjudicación de la vivienda al socio se considera una operación de compraventa con financiación a plazos y no un reintegro de capital social. En consecuencia, dicha adjudicación no se encuentra alcanzada por el IRPF.
  • Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (ITP): En procesos de regularización de asentamientos avalados por la Intendencia correspondiente:
    • El monto imponible para el ITP será exclusivamente el valor real territorial (sin considerar mejoras), actualizado por IPC.
    • La parte adquirente (el socio cooperativista) se encuentra exonerada del ITP según el literal H) del artículo 8.º del Título 19 del T.O. 2023.
  • IRPF Incrementos Patrimoniales: La transmisión proyectada no está gravada por este impuesto, ya que las cooperativas no son entidades sujetas al régimen de atribución de rentas.
  • Requisito de regularización: Para acceder a los beneficios de base imponible reducida y exoneración, es condición indispensable contar con la declaratoria de la Intendencia Departamental que certifique que la operación se enmarca en la política de regularización de asentamientos.

Resumen: La DGI ratificó que las adjudicaciones por disolución de cooperativas de propietarios en asentamientos irregulares no generan rentas gravadas por IRPF para el socio y gozan de beneficios significativos en el ITP (exoneración del adquirente y determinación de base imponible sobre valor real territorial), siempre que se acredite formalmente el proceso de regularización ante la comuna respectiva.

Fuente: Página web DGI.

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