Destacados de la semanaDECRETOSDecreto Nº 232/025. Promulgado el 28/10/2025. D.O. 05/11/2025 El Decreto N.º 232/025, promulgado el 28/10/2025, aprueba una reglamentación integral del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), sistematizando los criterios de determinación, valoración, anticipos, retenciones y obligaciones formales previstos en el Título 12 del Texto Ordenado 2023. 1. Hecho generador y alcance objetivo El IASS grava, con carácter anual, los ingresos de fuente uruguaya derivados de jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad de naturaleza similar, servidas por organismos públicos y privados residentes. 2. Ingreso computable y determinación de la base imponible El ingreso computable se integra por el importe íntegro de cada pasividad. 3. Liquidación anual y estructura de la escala El hecho generador se configura al 31 de diciembre. En caso de fallecimiento, corresponde liquidación a dicha fecha. El impuesto se determina mediante tasas progresionales aplicadas por tramos sobre la suma anual de ingresos computables: Hasta 108 BPC: exento Más de 108 y hasta 180 BPC: 6% Más de 180 y hasta 600 BPC: 24% Más de 600 BPC: 30% El valor de la BPC será el promedio vigente en el ejercicio. En ejercicios irregulares, la escala se proporciona. 4. Anticipos mensuales Los contribuyentes deben efectuar anticipos mensuales, aplicando la escala anual dividida entre 12. Se exceptúan quienes perciban rentas sometidas a retención por responsables sustitutos. 5. Responsables sustitutos y régimen de retención Se designa como responsables sustitutos al BPS, SRPFFAA, DNASP, cajas paraestatales y cualquier entidad residente que pague pasividades gravadas. Saldo a pagar - retención complementaria. Saldo a favor - devolución por DGI. Si el contribuyente percibe ingresos exclusivamente de un responsable, la retención adquiere carácter definitivo, quedando dispensado de presentar declaración jurada. 6. Ingresos múltiples Cuando exista acumulación de pasividades que supere el mínimo no imponible mensualizado, el contribuyente deberá optar por el/los responsables en los que no se aplicará dicho mínimo. 7. Régimen opcional simplificado Para contribuyentes con ingresos gravados acumulados ≤ 150.000 UI anuales, se admite: Liquidación por régimen general, o Carácter definitivo de las retenciones/anticipos, exonerando la declaración jurada. 8. Otros aspectos El crédito por arrendamiento de inmuebles del Título 7 TO 2023 puede imputarse contra el IASS, con las prioridades previstas en la normativa reglamentaria. Las declaraciones juradas del IASS están comprendidas en la excepción al timbre profesional (art. 106 Ley 18.083). Se derogan los Decretos 344/008 y 184/009. Fuente: Página web IMPO Decreto Nº 244/025. Promulgado el 11/11/2025. D.O. 20/11/2025 El Decreto 244/025, promulgado el 11/11/2025, reglamenta las modificaciones introducidas por la Ley 20.410 a la Carta Orgánica de la CJPPU, con el objetivo de reforzar la sostenibilidad financiera del instituto y ordenar los mecanismos de aportación, opciones de escalas fictas y asesoramiento a los afiliados. Se ajustan progresivamente las tasas aplicables a los afiliados activos sobre el sueldo ficto:
Los incrementos aplican también a quienes ejercen opciones previstas en los arts. 56 y 119 de la Ley 17.738. 1. Incremento de las tasas de aportación (Art. 1) 2. Opciones de cambio de escala de sueldos fictos (Arts. 2 a 4) Los profesionales habilitados antes del 01/01/2026 pueden: a) Optar por la nueva escala de 10 categorías (Art. 3) Con sueldos fictos actualizados en tres etapas (2026, 2027 y 2028). La elección es por única vez e irrevocable. b) Optar por la escala de 15 categorías (Art. 4) Aplicable a profesionales nacidos después del 31/12/1984, pudiendo elegir entre la 4.ª o 5.ª categoría al momento del cambio. Las opciones pueden realizarse digital o presencialmente, con mecanismos de autenticación previstos por la Caja. 3. Comunicaciones obligatorias de la CJPPU (Art. 5) Entre 30 y 90 días antes de cada incremento de tasa, la Caja debe informar:
4. Asesoramiento obligatorio (Art. 6) La CJPPU debe ofrecer canales de asesoramiento (virtuales y presenciales) para que los afiliados comprendan el impacto de sus decisiones, incluyendo simulaciones con base en:
5. Comisión de Expertos en Seguridad Social (Arts. 7 a 9) Se reglamenta su funcionamiento:
6. Compensación de fondos (Art. 10) La Caja queda autorizada a compensar recursos con tributos que recauda para el Estado, mediante convenio con MEF. 7. Redondeo de recursos indirectos (Art. 11) Se establece regla técnica 5/4 para redondeo:
8. Incentivo a la permanencia en actividad (Art. 12) Afiliados con 65 años y 30 años de servicios pueden:
La incorporación rige desde el mes siguiente a la comunicación, sin retroactividad. 9. Vigencia (Art. 13) El decreto rige desde su publicación, salvo disposiciones con fechas específicas. Fuente: Página web IMPO BCUEncuesta de Expectativas Económicas (BCU) – Noviembre 2025 El Banco Central del Uruguay publicó los resultados de la Encuesta de Expectativas Económicas correspondientes a noviembre de 2025. El relevamiento recoge las proyecciones de analistas e instituciones sobre el crecimiento económico y el tipo de cambio. 1. Crecimiento del PIB Las proyecciones muestran un escenario de crecimiento moderado para los próximos años:
El consenso refleja estabilidad y leves mejoras hacia 2027, con baja dispersión entre analistas (desvíos entre 0,24% y 0,25%). 2. Tipo de cambio nominal Las expectativas de tipo de cambio muestran una apreciación gradual del dólar en Uruguay:
Las proyecciones muestran una tendencia ascendente, con un rango de entre $41,15 y $45,30 hacia fines de 2027. Fuente: Página web BCU Encuesta de Expectativas de Inflación (BCU) – Noviembre 2025 El Banco Central del Uruguay publicó los resultados de su Encuesta de Expectativas de Inflación correspondiente a noviembre de 2025. Participaron 25 analistas e instituciones del sector financiero, académico y consultorías económicas. Principales resultados
Características del relevamiento
Interpretación general Los resultados muestran expectativas ancladas en torno al 4,5%-5%, dentro del rango objetivo del BCU. La variación entre mediana y promedio es mínima y el desvío estándar se mantiene bajo, indicando consenso entre los analistas sobre una inflación contenida en el corto y mediano plazo. La Encuesta de Expectativas de Inflación del Banco Central del Uruguay correspondiente a noviembre de 2025 muestra que los analistas mantienen proyecciones de inflación relativamente estables, aunque aún por encima del rango meta oficial. Principales resultados Según las respuestas de entre 23 y 25 instituciones y analistas:
Los desvíos estándar se mantienen bajos (entre 0,21 y 0,51), lo que indica consenso relativamente alto entre los participantes. Los extremos de las respuestas se ubican entre 3,62% y 5,60% según los distintos horizontes. Sobre la encuesta La encuesta releva mensualmente expectativas de instituciones financieras, consultoras y profesionales independientes, y constituye un insumo clave para la política monetaria del BCU. Desde 2020 incluye un formulario mensual y otro trimestral, este último con proyecciones a 5 años y estimaciones de IPC núcleo. Fuente: Página web BCU ECONOMÍA Y FINANZASINE. Boletín Técnico. IPPN. Mes 10/2025. Publicado el 14/11/2025. El Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó el Índice de Precios al Productor de Productos Nacionales (IPPN) correspondiente a octubre 2025, con base octubre 2024. El informe muestra un aumento mensual en los precios a la producción, impulsado principalmente por el sector agropecuario. Principales resultados
Variación acumulada 12 meses:
Desempeño por destino 1. IPPN Plaza
2. IPPN Exportación
Desempeño por sector económico Sección A – Producción agropecuaria, forestación y pesca
Sección C – Industrias Manufactureras
Aspectos metodológicos destacados
La muestra es intencional, priorizando empresas representativas por sector. Fuente: Página web INE INE. Boletín Técnico. IMS. Mes 09/2025. Publicado el 31/10/2025. En setiembre de 2025, el Índice Medio de Salarios (IMS) registró una variación mensual mínima de 0,02%, acumulando 5,26% en el año y 5,52% en los últimos 12 meses. Sector privado y público
Índice Medio de Salarios Nominal (IMSN) El IMSN mostró una variación mensual de 0,04%, acumulando 5,17% en el año y 5,46% en 12 meses. Salarios reales El IMS Real cayó -0,41% en el mes, con descensos tanto en el sector privado (-0,37%) como en el sector público (-0,46%). En 12 meses, el IMS Real mostró un crecimiento de 1,21%. Fuente: Página web INE KPMG-MONITOR SEMANALMonitor Semanal KPMG Nº 1130 (17/11/2025) 1. Régimen especial para zonas de frontera El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley Nº 20.419, que establece un régimen tributario especial para mitigar diferencias de precios con Brasil. El Decreto Nº 236/025 delimita los pasos de frontera incluidos (Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión) y permite la importación sin tributos a micro, pequeñas y medianas empresas radicadas a menos de 60 km del paso fronterizo. La norma también prevé:
2. Inteligencia Artificial: estrategia nacional y desafíos AGESIC presentó la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024–2030, centrada en gobernanza, capacidades tecnológicas y desarrollo sostenible. El documento impulsa principios como transparencia, equidad y seguridad. 3. Breves
Publicación del Decreto Nº 226/025, sobre regulación de calidad y preservación de aguas. Fuente: KPMG. Departamento de Asesoría Legal y Tributaria RESOLUCIONES DGIConsulta Tributaria DGI Nº 6.736 (10/10/2025) La DGI analizó el tratamiento fiscal de la venta de padrones rurales ubicados en prioridad forestal realizada por una sociedad anónima uruguaya en 2025. Los inmuebles contaban con bosques de rendimiento que cumplen las condiciones para los beneficios de la Ley Forestal Nº 15.939. La empresa consultante sostiene que el 82% de la superficie estaba afectada a bosques de rendimiento, por lo que dicho porcentaje de la operación estaría exonerado del IRAE, según el art. 93 del Título 4 del T.O. 2023. Criterio de la DGI La Comisión de Consultas confirma que:
En conclusión, la venta está exonerada de IRAE en la proporción certificada (en el caso analizado, 82%), de acuerdo con el art. 93 del Título 4 del T.O. 2023. Fuente: Página web DGI Consulta Tributaria DGI Nº 6.739 (17/10/2025)
La DGI analizó el caso de una empresa unipersonal dedicada a elaborar artículos para blogs con fines de posicionamiento SEO en Google. La actividad se realiza sin empleados, sin tercerizaciones y utilizando únicamente una computadora y software especializado, sin local comercial. 1. IRPF o IRAE La Comisión de Consultas concluye que esta actividad califica como renta empresarial, dado que no se utilizan equipos aportados por el cliente y se configura la definición establecida en el numeral 1) literal B) del art. 12 del Título 4 del T.O. 2023. 2. IVA Mínimo Si la unipersonal no supera los 305.000 UI de ingresos anuales, podrá optar por el régimen simplificado previsto en el literal E) del art. 66 del Título 4 del T.O. 2023, conocido como IVA Mínimo. Fuente: Página web DGI |
Índice TemáticoCapítulo 1 - TributariaTRIBUTARIACapítulo 3 – Seguridad Social-LaboralSEGURIDAD SOCIAL-LABORALCapítulo 4 - BCU (Banco Central del Uruguay)BCUCapítulo 6 - Economía y FinanzasECONOMÍA Y FINANZASBoletines AnterioresConsejo Directivo Presidente: Cra. Cristina Freire Consejo Editorial Presidente: Cr. Juan Carlos Olveira Coordinadores: Cr. Alejandro Morales |
