Destacados de la semana

BCU

BCU: Encuesta de Expectativas Económicas. Mes 10/2025. Publicada el 17/10/2025.

El objetivo de la encuesta es monitorear mensualmente la evolución de las expectativas de mercado respecto de las principales variables macroeconómicas, de modo de complementar la información disponible para el diseño de la política monetaria. A estos efectos se relevan las expectativas de diversas instituciones y profesionales independientes. A partir de mayo de 2020 se amplió la cantidad de analistas consultados y se comenzaron a aplicar dos formularios: mensual y trimestral. En el formulario mensual se incluyen preguntas sobre crecimiento y tipo de cambio nominal. En el trimestre, se agregan respecto al formulario mensual otros horizontes para esas mismas variables y nuevas preguntas: mercado de trabajo, resultado fiscal y Tasa de Política Monetaria (TPM). En particular, a partir de diciembre de 2021 se comienzan a publicar los resultados de la pregunta sobre la expectativa para la variación interanual del Producto Interno Bruto (PIB) del trimestre en curso y sobre la TPM esperada para distintos horizontes.

Destacamos, las siguientes variables macroeconómicas consideradas:

I) Nivel de Actividad- Variación del PIB (volumen físico, en porcentaje (%)

Año 2025                  Mediana= 2,35%     Promedio= 2,30% (Variación promedio anual)

Año 2026                  Mediana= 2,00%     Promedio= 1,94% (Variación promedio anual)

Año 2027                  Mediana= 2,00%     Promedio= 1,99% (Variación promedio anual)

Dichos guarismos presentan leves variantes a los proyectados anteriormente, mostrando un pequeño descenso.

II. Tipo de Cambio ($ pesos uruguayos por US$ dólar estadounidense)

Valor a fin de octubre/2025:                       Mediana = 40,03   Promedio = 40,08

Diciembre/2025 (valor fin año calendario): Mediana = 40,45          Promedio = 40,41

Diciembre/2026 (valor fin año calendario): Mediana = 41,60          Promedio = 41,76

Diciembre/2027 (valor fin año calendario): Mediana = 43,15          Promedio = 43,31

Los distintos valores del Tipo de Cambio presentan una muy pequeña variación respecto a los proyectados para septiembre/2025, en la cuesta del mes anterior. Se percibe una baja clara de la estimación del Tipo de Cambio para fines de 2025, respecto al previsto al inicio de año.

Fuente: Página web BCU

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BCU: Encuesta de Expectativas de Inflación. Mes 10/2025. Publicada el 17/10/2025.

El objetivo de la encuesta es monitorear mensualmente la evolución de las expectativas de mercado sobre la inflación, de modo de complementar la información disponible para el diseño de la política monetaria. A estos efectos se relevan las expectativas de diversas instituciones y profesionales independientes. A partir de mayo de 2020 se amplió la cantidad de analistas consultados y se comenzaron a aplicar dos formularios: mensual y trimestral. En el formulario mensual se incluyen preguntas sobre la evolución del índice de Precios al Consumo (IPC) a distintos horizontes.

En el trimestral, se agrega respecto al formulario mensual el horizonte de 5 años para esta variable y preguntas sobre la evolución del IPC núcleo (refiere al IPC excluyendo Frutas y verduras y administrados/regulados).

Se destacan los siguientes valores:

Enero-Diciembre/2025 (año calendario): En “Mediana” 3,92%; “Promedio simple” 3,92%.

Enero-Diciembre/2026 (año calendario): En “Mediana” 4,70%; “Promedio simple” 4,71%

Enero-Diciembre/2027 (año calendario): En “Mediana” 4,70%; “Promedio simple” 4,71%.

Dichos valores se mantienen dentro del rango meta del Gobierno: 3%-6%; pero se aprecia claramente que, las proyecciones son muy levemente menores a las previstas en el mes anterior. Consolidando una clara tendencia a la baja de la inflación, la cual el propio Directorio del BCU pretende alinear al entorno del 4,5% anual para los próximos períodos; estando los presentes valores muy cercanos a la meta oficial.

Fuente: Página web BCU

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BCU: Comunicación N° 2025-146. Publicada el 14/10/2025. Mercado de Valores. Inscripción de Metodologías y Definiciones para Calificaciones Crediticias.

La Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) con fecha 13/10/2025 adoptó la Resolución SSF N° 2025-538.

Visto: La solicitud de inscripción en el Registro del Mercado de Valores Sección Calificadoras de Riesgo, de la actualización de las “Metodologías y Definiciones para Calificaciones Crediticias en Escala Nacional de Uruguay”  presentadas por Standard & Poor´s International LLC., el 24 de setiembre de 2025.

Considerando: I. Que los documentos presentados contienen los aspectos básicos a ser considerados por la Calificadora al efectuar una calificación de riesgo.

II. Que actualmente se encuentran incorporadas al Registro del Mercado de Valores las “Metodologías Generales, Escalas y Definiciones de Calificación” y Metodologías de calificación de riesgo de transacciones de financiamiento estructurado”, inscriptas según las Comunicaciones 2024/168 y 2023/227, respectivamente.

III. Que la nueva versión del documento “Metodologías y Definiciones para Calificaciones Crediticias en Escala Nacional de Uruguay”, reemplaza las indicadas en el numeral anterior.

IV. Que no existen objeciones que impidan la inscripción en el Registro del Mercado de Valores de la citada Metodología.

Atento: A los artículos 8 y 116 de la Ley Nº 18.627 de fecha 16/12/2009; artículos 4 y 6 del Decreto Nº 146/997 de fecha 07/05/1997, artículo 175 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores, al literal a.13 del numeral 1 de la Resolución 785/2015 de la Superintendencia de Servicios Financieros de fecha 24 de noviembre de 2015 y demás antecedentes que obran en el Expediente 2025-50-1-01794.

La Intendenta de Regulación Financiera en ejercicio de las Atribuciones Delegadas por el Superintendente de Servicios Financieros, resuelve:

1. Inscribir en el Registro del Mercado de Valores, Sección Calificadoras de Riesgo, las Metodologías y Definiciones para Calificaciones Crediticias en Escala Nacional de Uruguay”, presentadas el 24 de septiembre de 2025 por Standard & Poor´s International LLC, que incluye los siguientes documentos:   

Metodología para calificar instituciones financieras en escala nacional en Uruguay. Comunicación N°2025/146.

Metodología para calificar empresas en escala nacional en Uruguay.

Metodología para calificar aseguradoras en escala nacional en Uruguay.

Metodología para calificar transacciones de financiamiento estructurado en escala nacional de Uruguay.

Metodología para calificar financiamiento de proyectos en escala nacional en Uruguay.

Metodología: Consideraciones complementarias calificaciones en escala nacional en Uruguay.

Definiciones de Calificaciones en Escala Nacional de Uruguay.

2. Dar de baja del Registro del Mercado de Valores Metodologías Generales, Escalas y Definiciones de Calificación” y Metodologías de calificación de riesgo de transacciones de financiamiento estructurado”, inscriptas según las Comunicaciones 2024/168 y 2023/227, respectivamente.

3. Comunicar al mercado la presente Resolución.

Fuente: Página web BCU

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BCU: Comunicación N° 2025-148. Publicada el 14/10/2025. Promesa de desembolso de fondos contra entrega previa de dinero y uso del Iso-Logotipo Banco Central del Uruguay. Advertencia sobre actividad no realizada por el BCU.

Se pone en conocimiento del público en general que se ha constatado la circulación de comunicaciones fraudulentas que simulan provenir de organismos oficiales, tales como el Banco Central del Uruguay (BCU) y la Dirección General Impositiva (DGI). Estas comunicaciones notifican al destinatario sobre una supuesta herencia millonaria y solicitan el pago de un presunto impuesto para su liberación.

El propósito de estos mensajes es inducir al destinatario a realizar pagos anticipados bajo pretextos falsos. Una vez efectuado el pago, los fondos prometidos no son entregados.

En algunos casos, las personas que contactan a los usuarios, utilizan direcciones de correos electrónicas fraudulentas y entregan a los usuarios documentación apócrifa que incluye el iso-logotipo del Banco Central del Uruguay y firmas de personas que actualmente o en el pasado han estado vinculadas a la institución.

Ello induce a error respecto a la autenticidad de la información provista, generando confusión entre los destinatarios. Se exhorta al público a actuar con cautela ante ofrecimientos de dinero que presentan, en particular, las siguientes características:

Se informa al destinatario que es beneficiario de una herencia, premio o transferencia pendiente por montos elevados.

El mensaje aparenta provenir de organismos públicos o instituciones reconocidas.

Se emplean logotipos institucionales, firmas falsas y lenguaje técnico para conferir legitimidad.

Se impone un plazo breve para realizar pagos o enviar documentación, generando presión emocional, bajo la amenaza de perder el dinero prometido.

Se exige el pago de impuestos, tasas, seguros, honorarios legales u otros conceptos para liberar los fondos.

El contacto inicial se realiza por medios no oficiales, como correo electrónico, redes sociales o llamadas telefónicas, sin que el destinatario haya iniciado trámite alguno.

El Banco Central del Uruguay no realiza este tipo de operaciones ni emite comunicaciones de esta naturaleza. Ante cualquier ofrecimiento de fondos que implique el pago previo de una suma de dinero, se recomienda:

Verificar la autenticidad del mensaje contactando directamente al organismo correspondiente a través de sus canales oficiales.

No realizar pagos anticipados sin contar con respaldo legal y documentación verificable.

No compartir información personal o financiera con remitentes desconocidos.

Analizar cuidadosamente el contenido del mensaje, prestando atención a errores, inconsistencias o presiones indebidas.

Reportar inmediatamente cualquier intento de fraude o estafa ante el Ministerio del Interior u otra autoridad competente.

En casos de duda, el usuario cuenta con la posibilidad de consultar en los servicios de este Banco Central a través del servicio de trámites en línea, Consultas de usuarios del sistema financiero https://www.gub.uy/tramites/consultas-usuarios sistema-financiero.

Fuente: Página web BCU

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ECONOMÍA Y FINANZAS

INE. Boletín Técnico. Actividad, Empleo y Desempleo (ECH). Mes de septiembre 2025. Publicado el 23/10/2025.

Principales resultados: En septiembre 2025para el total país la tasa de actividad se situó en 64,3%, la tasa de empleo en 59,9% y la tasa de desempleo en 6,9%. En el siguiente cuadro se presentan las tasas del mercado de trabajo para el total país y por regiones.

Cuadro 1: Principales tasas de mercado de trabajo según región (en %).

Total País:     Actividad= 64,3%   Empleo= 59,9%       Desempleo= 6,9%

Montevideo: Actividad= 65,7%   Empleo= 61,1%       Desempleo= 7,1%

Interior:         Actividad= 63,4%   Empleo= 59,1%       Desempleo= 6,8%

Entre las distintas regiones se observa que, el desempleo en el Interior es menor que Montevideo.

En el siguiente cuadro se presentan en porcentuales (%) las tasas de mercado de trabajo según sexo.%

Cuadro 2: Principales tasas de mercado de trabajo según sexo. Total país en (%)

Total País:     Actividad= 64,3%   Empleo= 59,9%       Desempleo= 6,9%

Hombres:      Actividad= 72,4%   Empleo= 68,2%       Desempleo= 5,8%

Mujeres:        Actividad= 56,9%   Empleo= 52.2%       Desempleo= 8,2%

Se puede observar objetivamente, que el desempleo es claramente mayor en las mujeres.

Fuente: Página web INE - Encuesta Continua de Hogares (ECH)

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INE. Boletín Técnico. IPPN. Mes septiembre 2025. Publicado el 16/10/2025.

En el siguiente Informe se presentan las estimaciones del Índice de Precios al Productor de Productos Nacionales (IPPN General) para septiembre 2025, con período base en octubre 2024.

Principales resultados: El IPPN General de septiembre 2025 registró una variación mensual de 0,81%. En tanto que el IPPN Plaza presenta una variación mensual de 1,19%, con incidencia de 0,76 puntos porcentuales (p.p.). Y el IPPN Exportación registra una variación de 0,15%, con incidencia de 0,05 p.p. en el índice general.

Cuadro 1: Presenta los siguientes valores expresados en forma porcentual (%):

El IPPN Plaza presenta una variación de 1,19%. La sección que más incide en el aumento de precios es “Producción agropecuaria, forestación y pesca” (Sección A), con una variación de 2,89 e incidencia de 1,06 p.p. Al interior de esta sección se destaca un aumento de la división “Producción agropecuaria, caza y actividades de servicios conexos” (División 01), con una variación de 3,21%, impulsada por un aumento en los precios para plaza de “Ganadería” de 4,12%.

El IPPN Exportación presenta una variación de 0,15%. La sección que más incide en el aumento de precios es “Producción agropecuaria, forestación y pesca” (Sección A), con una variación de 1,56% e incidencia de 0,22 p.p. Al interior de esta sección se destaca un aumento de la división “Producción agropecuaria, caza y actividades de servicios conexos” (División 01), con una variación de 1,62%, impulsada por un aumento en los precios de exportación de “Ganadería” de 6,24%.

IPPN General por Sector Económico:

En la variación mensual de 0,81% del IPPN General, la “Producción agropecuaria, forestación y pesca” (Sección A) presenta una variación mensual de 2,66% y una incidencia de 0,75 p.p. Mientras que “Industrias Manufactureras” (Sección C) presenta una variación mensual de 0,08% e incidencia de 0,06 p.p.

En el cuadro 2 del Informe se muestra un detalle de los índices, variaciones e incidencias (en el nivel superior) de las veintitrés divisiones que componen el IPPN.

Fuente: Página web INE. 

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INE. Boletín Técnico. IVFIM (Índice de Volumen Físico de la Industria Manufacturera). Mes de agosto 2025. Publicado el 13/10/2025.

Principales Resultados:

El IVFIM registra una variación de -6,3% con respecto a igual mes del año anterior. Para el mismo período, el Índice de Horas Trabajadas por obreros (IHT) registra una variación de -8,5% y el Índice de Personal Ocupado (IPO) de-2,8%.

La división con mayor incidencia negativa en la variación interanual del producto industrial es Productos de la refinación del petróleo (División 19), con variación de -46,0% e incidencia de -2,2 p.p.

Es de destacar que la refinería de ANCAP estuvo sin producir durante parte del mes de agosto debido a tareas de reparación en la boya petrolera de José Ignacio.

La variación promedio del año del IVFIM es 4,7%. En tanto que el IHT y el IPO presentan variaciones de -2,2% y-1,4% respectivamente. La división con mayor incidencia positiva en el promedio del año del IVFIM es Productos de la refinación del petróleo (División 19), con variación de 146,8%, e incidencia de 3,5 p.p. Debido al paro por mantenimiento en la refinería de ANCAP durante el 2024.

La variación promedio de los últimos 12 meses móviles del IVFIM es 5,5%. En tanto que el IHT y el IPO presentan variaciones de -2,1% y -1,0%, respectivamente. La división con mayor incidencia positiva en el promedio de los últimos 12 meses móviles del IVFIM es Productos de la refinación del petróleo (División 19), con variación de 261,1%, e incidencia de 4,1 p.p.

Fuente: Página web INE - Encuesta Industrial Mensual

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INE: Boletín Técnico. Mercado de Trabajo por Área Geográfica Residencia. Trimestre Móvil junio-agosto 2025. Publicado 09/10/2025.

Introducción: En el presente informe se presentan estimaciones de los indicadores de mercado de trabajo (e.g. actividad, empleo y desempleo) para distintos dominios o áreas de estimación. A partir de febrero de 2022, la ECH produce estimaciones mensuales para cada uno de los departamentos del Uruguay y para los municipios de Montevideo.

Dichos indicadores de mercado de trabajo son computados utilizando medias móviles de los últimos tres meses, tanto a nivel departamental como del total país. Las medias móviles son más estables producto de que se utiliza información de los meses anteriores (aumenta el tamaño efectivo de la muestra para producir las estimaciones.

Cuadro 1. Indicadores de Mercado de Trabajo % (porcentual), según Departamento. Trimestre móvil: junio-agosto 2025:

Departamento         Actividad     Empleo          Desempleo

Total país                        64,3%         59,7%                7,1%

Montevideo                    65,4 %        60,7%                7,1%

Los 3 restantes con menor nivel de desempleo

C. Largo       Actividad= 59.3%     Empleo= 57,5%       Desempleo=3,0%

S. José          Actividad= 59,5%     Empleo= 56,6%       Desempleo=5,0%

Tacuarembó Actividad= 60,7%    Empleo= 57,5%       Desempleo=5,4%

Los 3 restantes con mayor nivel de desempleo:

T. y Tres        Actividad= 56,0%   Empleo= 48,1%       Desempleo=14,1%

Paysandú       Actividad= 65,8%   Empleo= 59,4%       Desempleo=9,7%

Río Negro     Actividad= 58,9%   Empleo= 54,0%       Desempleo=8,2%

Fuente: Página web INE (ECH)

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RESOLUCIONES DGI

DGI: Consulta Tributaria N° 6.729. Promulgada el 19/08/2025. Publicación web DGI el 16/10/2025. Persona Física. IRAE. IRPF. Rentas de Trabajo. Rentas por Incremento Patrimonial. Venta de Vehículo. Tratamiento Tributario.

Una persona física que se dedica a la prestación de servicios y por dichas rentas de trabajo optó por tributar el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) por el Régimen Ficto, realiza la venta de un vehículo y consulta si por esa venta corresponde liquidar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por incrementos patrimoniales, o declarar con el resto de sus ingresos por rentas de trabajo del mes y anticipar IRAE.

Para dar respuesta a la consulta planteada consideramos necesario hacer mención al artículo 71 del Decreto Nº 150/007, de 26.04.007, el cual dispone que los bienes de activo propiedad del sujeto pasivo, así como los del dueño que directa o indirectamente integren la organización del capital y trabajo, deberán ser incluidos a todos los efectos fiscales en la liquidación de dicho impuesto.

Entonces, para la consultante la venta del vehículo no queda incluida preceptivamente en la liquidación del IRAE, debido a que según lo indicado por ella, las rentas que obtiene son puras de trabajo y por lo tanto no verifica los requisitos del mencionado artículo.

Por lo analizado y sin perjuicio de que el contribuyente haya optado por tributar el IRAE por las rentas obtenidas por la prestación de servicios, no le resulta preceptiva la inclusión de la venta del vehículo en la liquidación del IRAE.

Por lo tanto, la venta del vehículo deberá tributar IRPF por incrementos patrimoniales, sin perjuicio de que también podrá optar por liquidar el IRAE por la misma, en aplicación del artículo 14° del Título 4, del Texto Ordenado del 2023.

Si bien no es objeto de consulta, se aclara que la enajenación del vehículo estará alcanzada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) si el contribuyente dedujo el impuesto correspondiente en oportunidad de su adquisición. Fuente: Página web DGI

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