El Banco de Previsión Social (BPS) informó sobre la puesta en funcionamiento del nuevo régimen de facilidades de pago establecido por la Ley N.° 20.504 de 26/06/2026, reglamentada por el Decreto N.° 223/026 de 16/09/2026 y la Resolución de Directorio de BPS N.° 33-15/2026.
Principales disposiciones
- Ámbito de Aplicación: Comprende deudas por obligaciones devengadas hasta los meses de cargo junio de 2026 (extendiéndose hasta agosto de 2026 para el sector de aportación Rural).
- Condiciones por Categoría de Empresa:
- Micro y pequeñas empresas en actividad: No tienen importe mínimo de cuota y pueden optar por un período de gracia de 6 meses para abonar la primera cuota de aportes patronales.
- Demás empresas en actividad: Tienen una cuota mínima de 2 Unidades Reajustables (UR) y deben haber cancelado los aportes de los 3 meses previos a la suscripción del convenio.
- Empresas sin actividad: Cuota mínima de 2 UR.
- Plazos y Mecanismos de Financiación:
- Hasta 36 cuotas en moneda nacional por su monto original para aportes personales de dependientes (incluyendo FONASA), cargas salariales de la Construcción y aportes por servicios bonificados.
- Multas y recargos se sustituyen por la rentabilidad máxima de las AFAP y pueden financiarse hasta en 72 cuotas en UR.
- Hasta 72 cuotas en UR (con interés del 2% anual) para aportes patronales de dependientes y aportes de trabajadores no dependientes.
Fuente: Pàgina Web BPS.
