El Poder Ejecutivo procedió a modificar el Decreto N.º 66/025, el cual reglamenta las disposiciones sobre seguridad de la información y el funcionamiento de la AGESIC. Esta nueva norma establece la obligatoriedad de determinar responsabilidades individuales y adoptar medidas correctivas inmediatas ante incidentes de ciberseguridad en la Administración Central, buscando mitigar perjuicios derivados de errores humanos o sistemas desactualizados.
Principales disposiciones
- Incorporación normativa: Se añade el artículo 20 bis al Decreto N.º 66/025, estableciendo un marco de actuación ante incidentes de seguridad de la información.
- Procedimientos administrativos obligatorios: Ante la constatación de un incidente, la entidad pública afectada debe iniciar de forma inmediata los procedimientos administrativos tendientes a determinar responsabilidades, de acuerdo con lo previsto en los Decretos N.º 222/014 o N.º 500/991.
- Ajustes y adaptaciones: Cuando se determine que un incidente ocurrió por falta de previsión, procesos inadecuados, sistemas obsoletos o incumplimiento del Marco de Ciberseguridad, la entidad deberá implementar obligatoriamente los ajustes y correcciones necesarios.
- Deber de informar: Las entidades públicas deberán informar a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) sobre las medidas y adaptaciones adoptadas tras un incidente.
- Enfoque integral: La norma enfatiza la determinación de responsabilidades internas y la aplicación de medidas disciplinarias pertinentes como parte de un enfoque integral para atender las causas generadoras de fallas de seguridad.
Vigencia: A partir de su publicación en el Diario Oficial el 30/07/2026.
Fuente: Página web IMPO
