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Beneficios tributarios para el “Fideicomiso Radares”
El Decreto 97/026 amplía las exoneraciones tributarias otorgadas al “Fideicomiso Radares”, declarado actividad promovida al amparo de la Ley de Inversiones.

Principales modificaciones

  • Se exonera de IRAE a las rentas derivadas de la actividad del fideicomiso.
  • Se exonera de tributos e IVA a la importación de radares, equipamiento científico y materiales para obra civil.
  • Se otorga crédito de IVA por compras locales de bienes de activo fijo y materiales.
  • La Dirección Nacional de Industrias deberá certificar la pertinencia de los beneficios fiscales.

Aspectos relevantes
• Los bienes importados deberán ser declarados no competitivos con la industria nacional.
• El crédito de IVA operará bajo el mismo régimen aplicable a exportadores.

Fuente: Diario Oficial / IMPO.