Beneficios tributarios para el “Fideicomiso Radares”
El Decreto 97/026 amplía las exoneraciones tributarias otorgadas al “Fideicomiso Radares”, declarado actividad promovida al amparo de la Ley de Inversiones.
Principales modificaciones
- Se exonera de IRAE a las rentas derivadas de la actividad del fideicomiso.
- Se exonera de tributos e IVA a la importación de radares, equipamiento científico y materiales para obra civil.
- Se otorga crédito de IVA por compras locales de bienes de activo fijo y materiales.
- La Dirección Nacional de Industrias deberá certificar la pertinencia de los beneficios fiscales.
Aspectos relevantes
• Los bienes importados deberán ser declarados no competitivos con la industria nacional.
• El crédito de IVA operará bajo el mismo régimen aplicable a exportadores.
Fuente: Diario Oficial / IMPO.
