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La resolución amplia hasta el 30 de junio de 2026 las facultades de la DGI para aplicar la reducción del IVA en localidades fronterizas y calcular el tope por persona por instrumento de pago .
Establece la continuidad de las disposiciones previas relativas al régimen transitorio y las condiciones para su implementación y control .
La resolución manda publicar y difundir en el Diario Oficial y en la página web oficial, garantizando la transparencia y cumplimiento de las nuevas disposiciones.
Fuente: Página web DGI.