1. Nuevo Régimen de Encomiendas Postales Internacionales
El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Nro. 50/026, reglamentó los cambios introducidos por la Ley de Presupuesto Nacional Nro. 20.446. Los puntos clave para la liquidación y control son:
- Prestación Tributaria Única (Opcional): Se puede optar por una alícuota del 60% sobre el valor de factura (mínimo USD 20) para envíos de hasta 20 kg y USD 800. Esta modalidad no tiene límites anuales de envíos, permite fines comerciales y puede ser utilizada por personas jurídicas.
- Régimen de Franquicias: Se mantiene la exoneración de aranceles para personas físicas (hasta 3 veces por año civil y un tope anual de USD 800), pero estos envíos estarán sujetos al pago del IVA, salvo excepciones específicas como obsequios familiares o acuerdos comerciales.
- Responsabilidad de los Operadores: Los operadores postales son designados responsables por el pago de las obligaciones tributarias de terceros y no podrán entregar la mercadería hasta acreditar dicho pago ante la DNA.
- Vigencia: El régimen de prestación única rige desde el 19 de marzo de 2026, mientras que el nuevo sistema de franquicias y la responsabilidad tributaria de los operadores entrarán en vigor el 1° de mayo de 2026.
2. Proyecto de Ley de Promoción Integral del Empleo
El Poder Ejecutivo remitió un proyecto que busca unificar incentivos para la contratación de colectivos vulnerables (jóvenes, mujeres jefas de hogar, mayores de 50 años, entre otros).
- Subsidios Salariales: Las empresas podrán acceder a subsidios de entre un 25% y un 80% de la remuneración (con un tope de 3,7 BPC, aprox. $25.397).
- Condiciones para Empresas: Para acceder, los empleadores deben estar al día con BPS, DGI y MTSS, y no haber realizado despidos en la categoría equivalente 30 días antes ni durante el beneficio.
- Emprendimientos: Se prevé un subsidio del 50% de los aportes patronales por 12 meses para nuevos emprendimientos de los colectivos priorizados.
3. Novedades Tributarias y Administrativas (Breves)
- IASS (Saldo 2025): La Resolución DGI Nro. 750/026 permite el pago del saldo del ejercicio al 31/12/2025 en 5 o 7 cuotas iguales. En el caso de optar por 7 cuotas, los vencimientos comienzan el 30 de junio de 2026.
- Domicilio Electrónico (DOMEL) ante DGI: Se recuerda el cronograma obligatorio para personas jurídicas y entidades:
- Grandes Contribuyentes: 01/04/2026 al 30/06/2026.
- Contribuyentes CEDE: 01/07/2026 al 31/12/2026.
- Restantes sujetos: Durante el primer semestre de 2027.
- IMESI en Combustibles: La Ley Nro. 20.464 extendió de 20 km a 60 km el radio de frontera para que el Poder Ejecutivo pueda facultar la reducción del IMESI en estaciones de servicio.
- Indicadores de Enero 2026:
- UR: $1.851,83.
- IPC: 115,36 (base oct. 2022 = 100).
- Coeficiente de reajuste de alquileres (para febrero 2026): 1,0346
Intercambio automático de información financiera
Nuevo decreto (N° 43/026) introduce modificaciones al régimen CRS.
Principales cambios:
- Nuevos sujetos obligados: se incorporan emisores de dinero electrónico.
- Criptoactivos: se incluyen como activos financieros reportables (con definiciones específicas).
- Entidades de inversión: se amplían las actividades que generan obligación de reportar.
- Cuentas financieras: se extiende el concepto (incluye dinero electrónico y monedas digitales).
- Cuentas excluidas: se agregan cuentas vinculadas a integraciones de capital y ciertos saldos de dinero electrónico (≤ USD 10.000 promedio).
- Información a reportar: se incorporan nuevos datos (residencia fiscal, tipo de cuenta, beneficiario final, entre otros).
- Debida diligencia: se refuerzan criterios (alineación con GAFI y exigencias KYC).
Vigencia: general desde 01/01/2026, con algunos aspectos desde 31/12/2027
Uruguay actualiza su régimen antilavado
Proyecto de ley aprobado introduce cambios relevantes en prevención de lavado de activos.
Principales puntos:
- Uso de efectivo: se reduce el límite a 200.000 UI o 5% de la operación.
- Nuevos sujetos obligados: incluye profesionales en operaciones con inmuebles y activos virtuales.
- Sujetos no financieros: se incorporan organizaciones, sindicatos, fiduciarios y proveedores de servicios.
- Responsabilidad: se habilitan sanciones a directivos y alta gerencia.
- Debida diligencia: ya no basta el uso del sistema financiero para aplicar medidas simplificadas.
- Inmovilización de fondos: se amplía a 5 días hábiles (antes 72 horas).
- Delitos precedentes: se ajustan umbrales e incorporan nuevos (ciberdelitos, ambientales, fraude financiero).
Vigencia: entrará en vigor tras promulgación y publicación (10 días posteriores).
