Se establecieron los plazos para que los titulares de servicios personales, profesionales y no profesionales, que hayan desarrollado actividades fuera de la relación de dependencia durante el año 2025, presenten la declaración jurada Fonasa correspondiente a dicho ejercicio.
La presentación podrá realizarse a partir del 9 de febrero de 2026. El plazo máximo para
realizarla sin multa depende del último dígito del número de empresa, de acuerdo con el
cronograma vigente.
Vencimientos según los dígitos
0, 1 y 2: 16/4/2026
3, 4 y 5: 23/4/2026
6, 7, 8 y 9: 30/4/2026
Se recuerda que, de presentarse fuera de los plazos establecidos, corresponde la aplicación de una multa de 1 UR.
