Se establece el monto máximo de los beneficios e incentivos fiscales aplicables a la promoción de proyectos de Fomento Artístico Cultural para el ejercicio 2026.
La norma, dictada a instancias del Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico-Culturales, fija en $ 51.827.601 el tope global de beneficios fiscales que podrán otorgarse entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026 a quienes realicen donaciones a proyectos declarados de fomento artístico y cultural.
Marco legal
El Decreto se fundamenta en el artículo 235 de la Ley N° 17.930, en la redacción dada por el artículo 186 de la Ley N° 19.438, que atribuyen al Poder Ejecutivo la competencia para fijar anualmente el límite de los beneficios fiscales asociados a este régimen.
Estos incentivos permiten que empresas y contribuyentes que apoyen proyectos culturales accedan a beneficios tributarios, dentro del cupo máximo autorizado.
Alcance y objetivo
La medida asegura previsibilidad presupuestal y continuidad al régimen de apoyo a la cultura, estableciendo un techo claro para el ejercicio 2026. De esta manera, el Estado mantiene el estímulo a la financiación privada de iniciativas artísticas y culturales, promoviendo el desarrollo del sector mediante herramientas fiscales controladas.
El decreto fue firmado el 30 de diciembre de 2025 y rige para todo el año fiscal 2026.
Fuente: Página web IMPO.
