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La norma entrará en vigencia el 1° de febrero de 2026 y sustituye el esquema anterior, con el objetivo de fortalecer el crecimiento económico, impulsar la productividad y generar empleo de calidad.
Objetivos estratégicos
El decreto reafirma que la inversión es una prioridad estratégica para el país y redefine la metodología de evaluación de los proyectos, procurando:
 Mayor impacto en generación de empleo, con foco en poblaciones vulnerables.
 Impulso a la descentralización territorial.
 Aumento de exportaciones.
 Promoción de la sostenibilidad ambiental.
 Fomento de la innovación, investigación y adecuación tecnológica.
 Apoyo a sectores considerados estratégicos.
La Comisión de Aplicación (COMAP) continuará evaluando los proyectos mediante una matriz de indicadores que asignará puntajes según los compromisos asumidos por las empresas.
Beneficiarios y alcance
Podrán acceder al régimen las cooperativas y los contribuyentes de IRAE con proyectos declarados promovidos por el Poder Ejecutivo. Se excluyen los entes autónomos industriales y comerciales del Estado y la industria tabacalera. Los productores agropecuarios podrán ampararse siempre que tributen IRAE.
Se consideran elegibles inversiones en:
 Bienes muebles corporales (con valor mínimo por unidad).
 Obras civiles y mejoras en inmuebles.
 Determinados activos biológicos (como implantación de frutales y mejoras genéticas en ganado).
 Activos intangibles que determine la COMAP.
El plazo general de ejecución de inversiones será de hasta cinco ejercicios, ampliable en proyectos de gran porte.
Beneficios fiscales
El principal beneficio es la exoneración del IRAE, que se determinará como un porcentaje de la inversión elegible según el puntaje obtenido en la matriz de indicadores. El impuesto exonerado no podrá superar el 90% del IRAE a pagar en cada ejercicio ni el 100% del monto invertido.
El plazo mínimo de exoneración será de cuatro ejercicios.
Además, se contemplan:
 Exoneración del Impuesto al Patrimonio sobre bienes promovidos.
 Exoneración de tributos e IVA a la importación de bienes de activo fijo no competitivos con la industria nacional.
 Devolución de IVA en compras locales vinculadas a la inversión.
Incentivos adicionales
El decreto incorpora estímulos específicos:
Para micro y pequeñas empresas:
 15 puntos porcentuales adicionales de exoneración de IRAE.
 Extensión de dos ejercicios en el plazo de utilización del beneficio.
Para medianas empresas (hasta 50 empleados):
 10 puntos adicionales.
 Un ejercicio extra de exoneración.
Para grandes proyectos:
Las inversiones superiores a determinados montos en Unidades Indexadas podrán acceder a exoneraciones de hasta el 100% de la inversión elegible en IRAE, si cumplen plazos estrictos de presentación y ejecución.
Para usuarios de parques industriales y científico-tecnológicos:
Se prevén incrementos adicionales en beneficios y, en algunos casos, créditos fiscales por aportes patronales vinculados al empleo generado.
Control y seguimiento
Las empresas deberán presentar declaraciones juradas anuales sobre ejecución de inversiones e indicadores comprometidos. El incumplimiento puede dar lugar a la reliquidación de tributos exonerados, con actualización y eventualmente multas y recargos.
Se admite un margen de tolerancia del 10% en el cumplimiento del puntaje comprometido y la posibilidad de “repuntuación” si el desempeño supera lo proyectado.
Régimen de transición
El nuevo régimen regirá desde el 1° de febrero de 2026. Las empresas que hayan presentado proyectos entre el 1° de agosto de 2025 y el 31 de enero de 2026 podrán optar por acogerse al nuevo esquema.
Fuente: Página web IMPO.