La norma se dicta en aplicación del Decreto-Ley N.º 14.360, que regula la uniformidad del aguinaldo y faculta al Poder Ejecutivo a abonar este beneficio en dos cuotas. En este marco, el Gobierno resolvió hacer uso de dicha potestad.
Según lo dispuesto, los funcionarios públicos comprendidos en los Incisos 02 al 19, 25 al 27, 29 y 31 al 36 del Presupuesto Nacional percibirán, a partir del 15 de diciembre de 2025, una suma equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas entre el 1.º de junio y el 30 de noviembre de 2025, cualquiera sea el concepto de dichas retribuciones.
El decreto también extiende este criterio al resto del personal de los incisos mencionados, siempre que sus vínculos contractuales habiliten el cobro del sueldo anual complementario, asegurando así un tratamiento uniforme dentro del sector público. Fuente: Página web IMPO.
