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Visto: lo dispuesto por el Decreto N° 143/025, de 02/07/2025.

Resultando: que se padeció de un error de la vigencia de la prórroga del Decreto N° 231/024, de 22/08/2024, en el sentido que donde dice 1° de junio de 2025 debió decir 1° de mayo de 2025 y hasta el 30 de abril de 2026.

Considerando: que corresponde la modificación del Decreto N° 143/025, de 02/07/2025.

El Presidente de la República Decreta:

Artículo 1: Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 143/025, de 02/07/2025, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1: Se prorroga la vigencia del Decreto N° 231/024, de 22/08/2024, desde el 1° de mayo de 2025 hasta el 30/04/2026”.

Artículo 2: Comuníquese al Banco de Previsión Social.

Fuente: Página web IMPO.